Jurado popular

Línea y media dedica el pacto de Estado para la reforma de la Justicia a la institución del jurado popular. Suscrito por PP y PSOE en 2001, propugna su  “readaptación  a la luz de la experiencia observada en su funcionamiento”. Y eso que sólo habían pasado seis años desde la entrada en  aplicación (1995) de la ley reguladora correspondiente.

Mucho, pues, tendrán que trabajar sus señorías parlamentarias para reflotar esta vía de  participación ciudadana en la Administración de Justicia que tan escasamente satisfactoria se ha mostrado. No obstante, si se tienen en cuenta  deficiencias y necesidades de mucho mayor calado, es de suponer que lo relativo al jurado popular siga durmiendo el sueño de los justos.

La verdad es que este sistema de aplicación de justicia –circunscrito al ámbito penal- fue introducido de forma expresa  un poco a calzador, o cuando menos tarde,  en la Constitución del 78 (artículo 125). En realidad no se contempló hasta en las últimas fases de los trabajos constituyentes. 

En realidad, respondió a un prurito teórico más que práctico. Si el Estado democrático  se caracteriza por la participación del ciudadano en los asuntos públicos, no hay razón –se argumenta- para sustraer tal implicación en la Administración de Justicia. 

Pero aun así, al menos entre nosotros no ha existido nunca una demanda de opinión pública ni casi política por ello. Los ciudadanos ni quieren formar parte de un jurado ni ser juzgados por dicho sistema. Prefieren el Tribunal profesional. Un caso muy mediático hemos tenido estos días más que cerca: el juicio con jurado popular a José Enrique Abuín Gey, alias El Chicle, por la muerte de Diana Quer.

No se les va a pedir pronunciarse sobre cuestiones de derecho. Pero aun así, los ciudadanos llamados a formar parte de un jurado tienen la impresión de verse convertidos de la noche a la mañana en juez durante unos días y de cargar con una incómoda responsabilidad.  Y aunque se hayan de verse  asistidos por el juez profesional de turno, que es quien al final dicta sentencia, lo cierto es también que en su veredicto sobre la inocencia o culpabilidad del acusado habrán de enfrentarse  a  complicadas decisiones. 

Como es preceptivo, antes de que el jurado del caso se retirara a deliberar el juez presidente del Tribunal  facilitó a los cinco hombres y cuatro mujeres que lo han compuesto unas pautas a seguir en su labor. Les pidió, entre otras cosas, hacer uso de la razón y no dejarse llevar de corazonadas e intuiciones. Incluso ser críticos con las pruebas, que no son –dijo– dogmas de fé.

Estaba en su obligación de hacerlo así. ¿Pero  se les puede instar a  tal disposición  después de visto lo visto y oído lo oído en la sala donde  algunos hubieron de taparse la cara ante la crudeza de las imágenes que allí se proyectaron? ¿No es pedirles un heroísmo?

Jurado popular

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