LEGISLADOR NEGATIVO

Lo más preocupante de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre la ley 13/2005, de 1 de julio, por la que se modifica el Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio, no es tanto el fallo en sí mismo, esto es, la constitucionalidad de la norma, como la argumentación que la mayoría de los magistrados ha dado por buena. Lo preocupante -digo- es que haya hecho una “interpretación evolutiva” del artículo 32 de la Constitución, que en espíritu y letra recoge la figura del matrimonio como compromiso entre hombre y mujer.

En una especie de peligroso relativismo jurídico, los magistrados han venido a avalar, en definitiva, que por encima de la ley está la evolución social vivida respecto a la figura del matrimonio; una evolución –argumentan- que ha dejado obsoleta en ese punto a la mismísima Carta Magna y que faculta para ser reinterpretado por el legislador.

Trasládese esta argumentación a otro tipo de cuestiones –Cataluña, por ejemplo- y veremos en qué puede terminar la seguridad jurídica en este país. Lo lógico y ortodoxo hubiera sido, en todo caso, modificar previamente la Constitución para dar cabida luego a esa invocada evolución social. Haber procedido de otra manera ha supuesto enmendar de facto y por la puerta de atrás la ley de leyes.

Convendría recordar, con todo, que el TC es legislador negativo. Es decir, que no cumple un papel evaluador de la procedencia o no de una norma. La tarea de crear Derecho positivo corresponde a los Parlamentos. En consecuencia, la tarea de la llamada Justicia constitucional queda limitada a eliminar del ordenamiento legal aquellos elementos que no respeten el suelo jurídico constitucional sobre el que los poderes públicos han de moverse.

Y ese suelo jurídico es amplio. El que el TC establezca que una ley concreta cabe dentro de la Constitución no significa que la norma sólo sea posible así formulada. La avala, sí, pero no le otorga exclusividad alguna. Así pues, hubiera cabido perfectamente que, incluso sin esperar al veredicto del Constitucional, el Gobierno de Mariano Rajoy hubiese promovido una ley al respecto de donde habría eliminado no los derechos de las parejas del mismo sexo, sino esa consideración de matrimonio que le llevó en su día a plantear recurso y que adultera la institución matrimonial. Si no lo ha hecho o no lo va a hacer es, sencillamente, porque no quiere.

Al igual que los toros mansurrones tienden a refugiarse en las tablas, el Gobierno de Mariano Rajoy ha preferido no hablar claro, ser inconsecuente consigo mismo y parapetarse innecesariamente en las tablas del Constitucional. Porque lo que a estas alturas todavía no ha explicado es en base a qué considera “vinculante” la doctrina establecida por el Tribunal Constitucional.

LEGISLADOR NEGATIVO

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