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Galicia

Gonzalo Jácome, imputado por prevaricación al no haber solicitado la compatibilidad

El alcalde de Ourense, Gonzalo Pérez Jácome
El alcalde de Ourense, Gonzalo Pérez Jácome
EFE
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El magistrado del Tribunal de Instancia número uno de Ourense ha imputado al alcalde de la ciudad, Gonzalo Pérez Jácome, un presunto delito continuado de prevaricación por no solicitar la compatibilidad entre su condición de regidor municipal con dedicación exclusiva y el desarrollo de actividades profesionales, en especial la dirección de una televisión local.

Según el auto, facilitado por fuentes del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), el juez instructor da por concluida la investigación y ha ordenado que se continúe la tramitación de las diligencias previas por procedimiento abreviado, por si los hechos imputados al alcalde fuesen constitutivos de dicho delito, tipificado en el artículo 404 del Código Penal.

Así, ordena que se dé traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal y a la acusación particular a fin de que formulen escrito de acusación, solicitando la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa.

El juez manifiesta en el auto que en él no se cuestiona que el alcalde carezca de la compatibilidad, "sino el hecho de que, estando obligado, no la haya solicitado".

Considera que es “claro y meridiano” que el reconocimiento de la dedicación exclusiva de un miembro de una corporación "requiere declaración formal de compatibilidad por parte del pleno de la entidad local cuando ese miembro desempeñe ocupaciones marginales que sean remuneradas", según abunda en el fallo.

“En el supuesto de autos, es evidente que las actividades que desarrolla el señor alcalde fuera del Ayuntamiento de Ourense, en especial la dirección de Auria TV, le suponen ingresos de cierta entidad”, indica el magistrado en el auto, en el que recalca que es “evidente” la obligación que tiene Jácome de solicitar la compatibilidad, por lo que concluye que su decisión de no instar la declaración de compatibilidad “solo obedece a su interés particular”.

También advierte de que "no es ajustado a la ley" que el investigado “realice una interpretación individualizada y totalmente favorable a sus intereses, afirmando que no tiene obligación de presentar la solicitud de compatibilidad”.

Por tanto, concluye que la posición del regidor es “totalmente arbitraria y carente del más mínimo respaldo legal o jurisprudencial, y ello con independencia de que se le reconozca o no”.

El magistrado cree que Jácome se “desentendió por completo” del acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Ourense de 3 de diciembre de 2021, que instaba al alcalde a que renunciase a su sueldo municipal por ser “claramente incompatible”, así como del contenido del decreto de la Fiscalía de Ourense de 13 de mayo de 2024, en el que le advirtió “de la situación irregular” en la que se encontraba.

Además, asegura que “el único respaldo del que dispone el señor alcalde” es un informe jurídico/económico “que carece del más mínimo rigor" y agrega que era “consciente de la injusticia que podría generar esa situación y del grave daño que se le causaba a las arcas municipales al cobrar una cantidad en concepto de salario a la que no tendría derecho si no se le reconoce la compatibilidad discutida”.

Por eso, sostiene que Jácome se podría haber beneficiado de esta situación "durante un período aproximado de siete años" al haber cobrado de las arcas públicas "una suma a la que no tendría derecho en el caso de que el pleno de la corporación orensana no le hubiese concedido la compatibilidad, cuestión sobre la que no ha podido manifestarse por el comportamiento obstruccionista del alcalde al no solicitar la compatibilidad”.

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