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Galicia

Archivada la causa contra Jácome por la supuesta compra con fondos públicos de material para su televisión privada

El magistrado tampoco ve acreditado que se contratase a un asesor en el Ayuntamiento de Ourense para desempeñar funciones en Auria TV

Gonzalo Pérez Jácome
EP
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La Plaza 1 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Ourense ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa contra el alcalde de Ourense, Gonzalo Pérez Jácome, tras la querella de un exconcejal de Democracia Ourensana en la que se denunciaba la supuesta adquisición con fondos municipales de material técnico derivado a la televisión privada Auria TV, propiedad del regidor.

Según ha señalado el magistrado Leonardo Álvarez en un auto, "no se ha acreditado" que los hechos investigados "sean contrarios al ordenamiento jurídico penal", al recalcar que comprar material técnico para grabar actuaciones relacionadas con el Ayuntamiento o contratar a un asesor con el fin de encargarse, entre otras funciones, de realizar tales grabaciones "en ningún caso es constitutivo de delito".

En este sentido, el juez ha señalado que, el posible "trato preferencial que desde el Ayuntamiento de Ourense se le puede estar dando a la televisión del alcalde", debe de debatirse en el pleno municipal, subrayando que si la decisión que se tome "no es del agrado de algún concejal", habrá que impugnar dichos acuerdos ante los tribunales de la jurisdicción contencioso administrativa, "mucho más adecuados para dar respuesta a dicha cuestión".

En concreto, la querella cuestionaba la posible adquisición por parte de Pérez Jácome en junio de 2020 de diverso material técnico entre el que se encontraba dos cámaras por un total de 8.698,04 euros, con cargo al Ayuntamiento de Ourense, recalcando que dichas cámaras "fueron utilizadas con fines privados", en concreto para realizar grabaciones para Auria TV, "televisión propiedad del señor alcalde".

Ante dicha cuestión, el magistrado ha considerado que la prueba aportada no es "en absoluto suficiente para afirmar que dichas grabaciones se hiciesen para ser emitidas exclusivamente por Auria TV", subrayando que es "indudable" el interés que dichas grabaciones "tienen para la ciudadanía ourensana".

"A juicio de este instructor se antoja totalmente razonable que el Ayuntamiento de Ourense adquiera material técnico adecuado para realizar grabaciones de actos que guardan relación con el Ayuntamiento y que son de interés para los ourensanos teniendo en cuenta la importancia que hoy en día tienen las redes sociales", ha señalado en el auto.

Contratación de un asesor

En esta línea, el querellante cuestionaba además la contratación del asesor municipal, quien "en realidad desempeña funciones para Auria TV", destacando el juez que "ninguna prueba se ha practicado al objeto de acreditar esta circunstancia".

"El testigo únicamente desempeña funciones para el Ayuntamiento de Ourense desde el año 2019 y desde esa fecha no ha realizado ningún tipo de actividad al servicio de Auria TV, si bien reconoce el testigo que es el encargado de realizar grabaciones para el Ayuntamiento de Ourense lo cual tampoco se considera contrario al ordenamiento jurídico penal", ha añadido el juez.

Sin embargo, en este sentido, el magistrado ha matizado que, en cuanto a la compatibilidad entre la condición de alcalde y su condición de propietario de la televisión Auria TV, "es una cuestión que forma parte del objeto de otras diligencias previas".

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