
Galicia ha publicado este miércoles la nueva ley de protección de la salud para prevenir conductas adictivas en los menores, con la que se convertirá en la primera comunidad autónoma en prohibir las bebidas energéticas y los vapeadores a ese grupo de edad.
La norma, publicada en el Diario Oficial de Galicia y que entrará en vigor dentro de dos meses, equipara las bebidas energéticas al alcohol y los vapeadores al tabaco, por lo que su venta y consumo estarán prohibidos para los menores.
La Consellería de Sanidade ha destacado en una nota de prensa que las medidas se fundamentan en la evidencia científica y los resultados de la encuesta nacional Estudes, elaborada por el Ministerio de Sanidad entre estudiantes de Secundaria.
El informe de 2025 recoge que el 41,4 % de los jóvenes de entre 14 y 18 años ha probado alguna vez los vapeadores, muy por encima del consumo de tabaco, que se situó en el 29,2 %.
Al equiparar los vapeadores al tabaco, todas las restricciones que se aplican a este estarán también vigentes para los cigarros electrónicos.
La ley prohíbe fumar en un radio de 50 metros de los accesos de centros de la administración pública, educativos y sanitarios, así como en las marquesinas de transporte público y las piscinas de uso público, para reducir el número de fumadores pasivos.
Bebidas energéticas equiparadas a alcohol
La norma regula igualmente la venta y consumo de bebidas energéticas que contienen cafeína en valores iguales o superiores a 32 miligramos por cada 100 mililitros y otros ingredientes estimulantes, equivalentes a beber tres cafés, lo que se considera "excesivo" para menores, ha señalado Sanidade.
Estas bebidas se equiparan al alcohol y se prohíbe su consumo y venta a menores, como ya ocurre en países como Polonia o Letonia.
Para contribuir a la concienciación social, los establecimientos deberán situarlas en un espacio separado respecto a los refrescos.
"El consumo de estas bebidas es habitual entre la juventud mezclado con alcohol, lo que incrementa los riesgos de coma etílico", ha alertado la Consellería.
Los servicios sanitarios solicitarán la presencia de las familias del menor que tenga que ser atendido por intoxicación por alguna sustancia psicoactiva y les proporcionarán asesoramiento y recursos de ayuda preventivos y asistenciales.
Si debe ser atendido por segunda vez, se le ofrecerá participar en un programa de ayuda y se recomendará que lo haga junto al adulto responsable.
La ley incide en el ejemplo que los adultos deben dar a la infancia y no se permitirá la venta de alcohol en centros docentes, de ocio infantil o recintos destinados a espectáculos públicos durante actividades dirigidas a este tipo de audiencia. En competiciones deportivas está prohibido desde 2012.
La norma también veta la promoción de un consumo excesivo o descontrolado de bebidas alcohólicas en establecimientos donde se autorice su ingesta, así como la publicidad de alcohol y bebidas energéticas en la vía pública en un área de 100 metros de centros docentes y de acogida.
Las máquinas expendedoras solo podrán ofrecer alcohol si disponen de sistemas de verificación de mayoría de edad.
Promoción de la salud
El texto permite sustituir las sanciones por la participación en programas preventivos o asistenciales o trabajos comunitarios relacionados con la conducta infractora.
En los controles del programa de salud infantil a partir de 12 años se incorporarán intervenciones preventivas de cribado y de consumo de alcohol, tabaco, cánnabis, bebidas energéticas y uso problemático de las tecnologías.
Por último, se creará una comisión de prevención de las adicciones en Galicia para garantizar la coordinación institucional.










