Absuelven de los delitos sexuales al exdirector de los Salesianos de Cádiz

Absuelven de los delitos sexuales al exdirector de los Salesianos de Cádiz
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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz absolvió ayer al exdirector del colegio Salesianos en Cádiz, F.J.L.L., de los delitos continuados de abusos sexuales, dos sobre menores de 13 y nueve sobre mayores de esa edad, así como de los once delitos contra la integridad moral que, con carácter alternativo a los anteriores, se le imputaban y por los que fue juzgado entre el pasado 5 y 19 de mayo.
Según consta en la sentencia, los magistrados consideraron que en algunos de los hechos examinados hay vejaciones, pero no se aprecia un ánimo libidinoso de abuso sexual, ni acciones objetivamente con una entidad de abuso sexual, en las que, frente a las imputaciones concretas que se presentan, hay un margen de duda de que inequívocamente haya una connotación sexual.
La sentencia –que cuenta con el voto particular de una magistrada que considera que el procesado debe ser condenado por los delitos de abusos sexuales– señala que se le absuelve por las faltas de vejaciones leves de las que es autor material y directo, alguna con carácter continuado, al despenalizarse con la entrada en vigor de la L.O. 1/2015 de 30 de marzo.
Igualmente, se le absuelve de las 15 faltas continuadas de lesiones o de malos tratos de obra que se le imputan, si bien, por aplicación de la Disposición Transitoria cuarta de la L.O.1/2015 de 30 de Marzo, se le condena, como responsable civil directo, a indemnizar en concepto de daños morales a la cantidad de 500 euros a 12 menores.
La sentencia considera probado que el procesado, que fue director del colegio durante los cursos escolares 2011-2012 y 2012-2013, implantó un sistema de “créditos” consistente en que los alumnos que querían faltar a alguna clase, por la razón que fuera, acudían al despacho del director y él les daba un justificante. No consta que tales ausencias a clase fueran comunicadas por el centro a los padres de los menores, y tampoco que estas hayan afectado al rendimiento escolar de los alumnos.
Este “crédito” al principio no llevaba consigo contraprestación alguna por parte del alumno, o consistía en hacer algún trabajo para el director relacionado con la actividad escolar, pero poco a poco empezó a ser dado a cambio de, dependiendo de los alumnos, “dejarse dar cates, pequeños golpes en el cuerpo con la mano abierta, ya fuera por encima de la ropa o directamente sobre la piel, e incluso algún puñetazo, sin que conste acreditado en ningún caso que se llegara a producir algún tipo de quebranto físico en los menores”. Apunta que la contraprestación no se daba en todos los casos y se recibía también a cambio de otros favores que pedían los alumnos.

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