La UCO y el juez apuntalan nuevas diligencias para esclarecer la desaparición de Diana Quer

La UCO y el juez apuntalan nuevas diligencias para esclarecer la desaparición de Diana Quer
La sede judicial fue escenario del encuentro de la UCO y el instructor CHECHU

Cumplidos tres meses desde la misteriosa desaparición en A Pobra de Diana Quer, una representación de los integrantes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y el nuevo titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 1 de Riveira, Félix Isaac Alonso Peláez, que lleva diez días ejerciendo desde que se hizo con la plaza, mantuvieron a última hora de la mañana de ayer una reunión en la sede judicial. Aunque no han trascendido lo que pasó de puertas para dentro del despacho del juez, ni los detalles concretos de ese encuentro, si se sabe que se trataron de apuntalar nuevas diligencias que, como parte de la investigación, precisan de la autorización o dirección judicial para avanzar en el esclarecimiento del caso de la adolescente madrileña, que mantiene en vilo no sólo a su familia y personas cercanas, sino a una gran parte de la sociedad española.
Atendiendo al secreto de las actuaciones, que el juez instructor decidió ampliar el pasado viernes en atención a que por el momento no se han logrado los objetivos por los que se decretó esa medida, por el momento no se conocen los datos relevantes de una compleja investigación, en la que se está contando con todos los avances tecnológicos necesarios y con unos profesionales lo suficientemente capacitados para llegar a resolverlo. Lo que tienen claro los investigadores es que no quieren caer en los posibles errores que se pudieron llegar a cometer en anteriores casos y que no se llegue a encontrar el cuerpo, en el caso de que se llegue a la conclusión de que la joven esté fallecida.
La reunión celebrada ayer entre miembros de la UCO y el juez instructor se sumó a otras muchas que ya tuvieron con las otras dos jueces que estuvieron al frente del caso desde que la madre de Diana Quer presentó la correspondiente denuncia de desaparición en el cuartel de Boiro. En relación a una supuesta autorización judicial de intervención de comunicaciones, por el momento parece ser que no se dio este paso, pues aunque pudiera haber personas de interés para la investigación, no se dispondría de argumentos de peso suficiente como para que contar con una autorización judicial motivada como para vulnerar un derecho fundamental, como es la privacidad de las comunicaciones.
Según fuentes jurídicas a las que ha tenido acceso este periódico, llegar al extremo de realizar escuchas telefónicas puede evitarse través de otras medidas menos gravosas para un derecho fundamental.
Precisaron que para que un juez dé el paso de autorizar la intervención telefónica debe valorarse la proporcionalidad en sentido estricto, es decir, “se exige una relativa gravedad de la infracción perseguida o relevancia social del bien jurídico protegido”. Precisaron que, dada la importancia del derecho fundamental que se sacrifica, sólo se justifica la realización de escuchas telefónicas por la prevención y persecución de delitos calificables de infracciones punibles graves.
La medida de intervención telefónica debe contemplar las razones fácticas y jurídicas que apoyan su necesidad: cuáles son los indicios que existen acerca de la presunta comisión de un hecho delictivo grave por una determinada persona; los números de teléfono y personas cuyas conversaciones han de ser intervenidas, que, en principio, deberán ser las personas sobre las que recaigan los citados indicios; el tiempo de duración de la intervención; quiénes la llevarán a cabo y cómo, y los períodos en los que deba dar cuenta al juez para controlar esa ejecución.

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