El PP abre expediente disciplinario a los ediles de Santiago que irán a juicio

El PP abre expediente disciplinario a los ediles de Santiago que irán a juicio
27 marzo 2014 página 25 SANTIAGO DE COMPOSTELA, 26/03/2014.- El alcalde de Santiago, Angel Currás y la concejala de Desarrollo Urbano, María Pardo , durante la rueda de prensa ofrecida hoy en la sede del Ayuntamiento. EFE/Xoan Rey.

El PPdeG informó ayer de que elevará el expediente informativo abierto contra los siete ediles de Santiago que autorizaron en una junta de gobierno local el pago de la defensa del también concejal Adrián Varela, imputado en la operación “Pokémon”, a expediente disciplinario, aunque dichos concejales se mantendrán en su cargo.
Así, el PPdeG actuará “según estipulan” los Estatutos de la formación después de que la Audiencia Provincial de A Coruña desestimara el recurso de los siete populares contra la decisión judicial de ordenar la apertura de su juicio oral, por la que tendrán que sentarse en el banquillo el próximo 19 de mayo.
Los concejales imputados son Amelia González, Juan de la Fuente, Cecilia Sierra, María Pardo, María Castelao, Francisco Noya y Luis García Bello. A esa junta de gobierno no asistió el alcalde, Ángel Currás.
La Audiencia, informó el TSXG, sostiene que de la literalidad del acuerdo tomado en esa junta de gobierno puede resultar la probabilidad de que el gasto se haya asumido “sin sujeción a las exigencias que derivan de la ley y la jurisprudencia, exigencias conocidas por los concejales por constar expresamente en el informe del que se les dio cuenta inmediatamente antes de la adopción del acuerdo”.
Agrega la sala que este es el dato fundamental, al que se añaden otros indicios invocados por el Ministerio Fiscal, tales como la urgencia en la adopción de dicho acuerdo o las peculiaridades que contenga “una especie de estipulación” al asumir el gasto en favor de un letrado concreto.
El tribunal cree que al no estar condicionado el acuerdo a que determinados requisitos se cumplan, se abre la posibilidad de satisfacer gastos ajenos al interés público, de indemnizar a quien puede haber actuado al margen de su función y a quien puede resultar criminalmente responsable por ese comportamiento.
“Ese acuerdo puede ser considerado una resolución injusta en los términos del artículo 404 del Código Penal”, sostiene.
El edil Adrián Varela renunció a que se le sufragase la defensa, pese a que lo había pedido.
La decisión de la Audiencia no cambió la postura del PPdeG sobre los ediles y renuncia a interponer medidas más contundente ya que entienden que no hubo una actitud “reprobable”.  
El expediente disciplinario, que según sus estatutos se abre con el señalamiento de juicio oral– se resolverá cuando finalice el procedimiento judicial con la correspondiente sentencia o sobreseimiento.
Sin embargo no todos los dirigentes populares están a favor de esta lectura tan amable de los estatutos. Así, el presidente del PP de Ourense, José Manuel Baltar, recordó que las dimisiones de cargos políticos inmersos en procesos judiciales deben llegar “cuando se abra juicio oral”, como se recoge en el código ético aprobado por él recientemente.
En este sentido, Baltar explicó que la iniciativa de este código “cuenta con años de experiencia dentro de la propia administración española” y surge tras “profundizar en cuál era la preocupación de los ciudadanos”.

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