La Audiencia Nacional absuelve a Oubiña de blanqueo de dinero y anula las escuchas

La Audiencia Nacional absuelve a Oubiña de blanqueo de dinero y anula las escuchas
nac282. navalcarnero (madrid), 17/07/2012.- el narcotraficante laureano oubiña (i) abandona hoy la prisión de navalcarnero (madrid) después de haber cumplido varias condenas por tráfico de drogas. oubiña, de 68 añ

La Audiencia Nacional absuelve al narcotraficante gallego Laureano Oubiña del delito por el cual fue juzgado a principios de este mes, blanquear 4,5 millones de euros procedentes del tráfico de drogas. Declararon nulas las conversaciones telefónicas intervenidas que realizaba desde un móvil cuando estaba en prisión.

La sentencia de la Audiencia Nacional también libera a la compañera sentimental de Oubiña, Tiziana Cardarelli, por blanqueo de capitales.

En cambio, condena a un año y nueve meses de cárcel por este delito a José Piñeiro Nogueira, el primo del narcotraficante gallego, tras su propia confesión.

La sentencia condena al primo del narcotraficante por su propia confesión

El proceso judicial por el que la Fiscalía solicitaba para Oubiña ocho años de prisión y 13 millones de euros de multa, mientras que para su compañera sentimental pedía cinco años y seis meses de cárcel ya está resuelto.

La juez ponente Carmen-Paloma González Pastor señala en la sentencia que “no consta indubitadamente acreditado” que ninguno de ellos “hayan participado en un delito de blanqueo de capitales al margen de la investigación llevada a cabo a través de las conversaciones telefónicas”.

 

RESOLUCIÓN

Por lo tanto, Laureano Oubiña quedó en libertad el 17 de julio, tras permanecer entre rejas once años por diversas condenas por tráfico de drogas, pero aún está pendiente de la resolución de otro juicio también por blanqueo de dinero al cual fue sometido, junto con otros acusados, la semana pasada.

Las conversaciones telefónicas por las que se condenaba a Oubiña fueron declaradas nulas por la Audiencia Nacional porque considera que fueron intervenidas “sin cumplir los requisitos legales y constitucionales”. Opina que esta nulidad es “incuestionable” a la vista de “tres crasos defectos incuestionables” cometidos durante la fase de instrucción. También argumenta “la falta del requisito del control judicial”, porque, ni los términos utilizados para llevarlos a cabo “resulta acorde con la legalidad, ni consta que se haya realizado ninguno”.

Por contra, la Audiencia Nacional determinó que la nulidad de las conversaciones telefónicas no afecta a la situación de Jose Piñeiro Nogueira, ya que él mismo reconoció en el juicio haber seguido órdenes de Oubiña para hacer pagos incluida la puesta en marcha de una tienda para la novia del narcotraficante en la compostelana General Pardiñas. n

 

La Audiencia Nacional absuelve a Oubiña de blanqueo de dinero y anula las escuchas

Te puede interesar