El juez condena a veintitrés años de prisión al asesino de la peregrina Denise Pikka

El juez condena a veintitrés años de prisión al asesino 
de la peregrina Denise Pikka
El condenado ocupa el banquillo durante el juicio | J Casares (efe)

La Audiencia de León condenó a una pena de 23 años de cárcel a Miguel Ángel Muñoz Blas, que el 5 de abril fue declarado culpable por un jurado popular del asesinato de la peregrina estadounidense Denise Pikka Thiem, perpetrado el 5 de abril de 2015 en las inmediaciones de Astorga.

La sentencia dictada por el presidente del tribunal, Carlos Álvarez, condena a Muñoz Blas, de 41 años, a 20 años por el delito de asesinato y a 3 por el de robo con violencia, ya que después de asesinar a la peregrina a golpes se apropió de sus pertenencias, entre ellas 1.132 dólares.

El letrado Vicente Prieto, que se encargó de la defensa de Muñoz Blas, ya anunció el día que se conoció el veredicto del jurado que recurriría la sentencia hasta el Supremo y que incluso está dispuesto a llevar el caso hasta el Constitucional porque su cliente es inocente y está siendo víctima de una injusticia.

Sin agravantes
Los 20 años de condena por el delito de asesinato coinciden con lo solicitado tanto por la Fiscalía como por la acusación particular que representa a la familia de la peregrina, si bien el presidente de tribunal rebajó de 5 a 3 años la pena por robo con violencia porque no concurren agravantes.
Además de la pena de cárcel, el presidente del tribunal condena a Muñoz Blas a indemnizar a los padres de la víctima con 120.000 euros y con 30.000 euros a su hermano.

Muñoz Blas no podrá volver durante 25 años a Castrillo de los Polvazares, localidad más cercana al lugar del crimen y en cuyo término se asienta la vivienda en la que él vivía, ni acercarse a la familia de la víctima.

La sentencia destaca que “resulta indudable la especial gravedad de los hechos cometidos” por Muñoz Blas en lo que se refiere a haber causado la muerte de la peregrina “por medio de una repentina e inesperada agresión con un objeto contundente”.

“El fortísimo golpe propinado en la parte lateral de la cabeza determinó una lesión mortal, sin que conste la motivación que llevó al acusado a realizar acto tan bárbaro”, precisa la sentencia.

Subraya que “también ha de tenerse en cuenta la posterior conducta del acusado en relación con el cuerpo de la víctima”, a la que “desnudó y enterró cortándole previamente ambas manos, que escondió en lugar aparte y que no han aparecido, sin olvidar que procedió meses más tarde a desenterrarla y trasladarla a otro lugar solitario”.

“Allí lo abandonó en la intemperie hasta que fue localizado en avanzado estado de descomposición, causando con ello además un especial dolor y sufrimiento a la familia de la fallecida”, agrega.

También recoge la sentencia que, en base a las pruebas practicadas, “no hay base suficiente para entender concurrente la circunstancia de alteración o anomalía psíquica”. l

El juez condena a veintitrés años de prisión al asesino de la peregrina Denise Pikka

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