El juez condena a 190 años al ladrón del Códice por otros tantos delitos contra la intimidad

El juez condena a 190 años  al ladrón del Códice por otros tantos delitos contra la intimidad
GRA012 SANTIAGO DE COMPOSTELA, 02/02/2015.- El electricista gallego José Manuel Fernández Castiñeiras, acusado de haber sustraído el Códice Calixtino, acompañado de su abogada Carmen Ventoso a su llegada hoy al Ju

El Juzgado de lo Penal número dos de Santiago ha condenado a Manuel Fernández Castiñeiras, el ladrón del Códice Calixtino, a 190 años de cárcel y a una multa de 410.400 euros como autor de 190 delitos contra la intimidad, por el robo durante años de la correspondencia de sus vecinos.
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) informó de la sentencia, que considera probado el citado robo de la correspondencia, “con el ánimo de conocer aspectos de la vida privada de algunos vecinos del mismo inmueble y portal”, situado en Milladoiro.
Además de las confesiones del propio acusado durante la instrucción, la sentencia señala que existe un elemento de prueba sumamente ilustrativo de que fue el acusado el autor de la sustracción, ya que en el reverso de dos de las cartas figura manuscrita una suma aritmética, cuya grafía se aprecia a simple vista que corresponde con la de Fernández Castiñeiras.
La magistrada consideró la existencia de delito en los apoderamientos de cartas y se apoyó en que claramente se aprecia que, bien por la fecha de remisión que pueda constar en el sobre o bien por la fecha que se refleja en el documento contenido en el sobre, tuvieron lugar en los cinco años anteriores a la incoación del procedimiento por estos delitos.
De todas formas, el articulado del Código Penal indica que el máximo de cumplimiento efectivo de la condena del culpable no podrá exceder del triple del tiempo por el que se le imponga la más grave de las penas en que haya incurrido, que además no podrá exceder de 20 años.
En este caso, la juez decidió que la pena impuesta por cada uno de los delitos sea de un año de prisión y doce meses de multa, con cuota de 6 euros al día.
También debe, en concepto de responsabilidad civil, indemnizar en la cantidad de 500 euros a cada uno de los perjudicados, que en caso de tres destinatarios debe incrementarse hasta los 1.000 euros.
La titular hace referencia en el fallo a la “difícil tarea” de cuantificar ese daño moral, dada la subjetividad con la que cada cual siente o padece una situación como la enjuiciada.
Además, señala que algunas de las cartas intervenidas permanecen cerradas y que no consta que el acusado se hubiera valido de alguna forma de la información obtenida con la apertura de otras cartas, “pero ello no obsta a la comisión del delito dado que todos los destinatarios que declararon, tanto en el plenario como en sede judicial, negaron consentimiento”.

El juez condena a 190 años al ladrón del Códice por otros tantos delitos contra la intimidad

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