El Superior desestima el recurso de un senador del PSOE para ser fijo en la Diputación de Ourense

El Superior desestima el recurso de un senador del PSOE para ser fijo en la Diputación de Ourense
fidalgo y vázquez, en la inauguración del primer curso de la escola de formación socialista archivo ec.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por dos trabajadores de la Diputación de Ourense, el senador del PSOE Miguel Fidalgo y el coordinador del grupo socialista e hijo del alcalde de Castro Caldelas Eladio Osorio, por entender que para pasar de personal laboral a fijo en el ente provincial es necesario superar un proceso selectivo.

Así el mero hecho de ser personal laboral indefinido no ampara, señala este fallo, el derecho a obtener una plaza laboral fija pues de ser así se incumplirían los principios de igualdad, mérito y capacidad.

 

Por la chimenea

El PP de Ourense indicó en un comunicado que esta decisión “quita la careta” a dos personas que continuamente critican las políticas de personal de la Diputación de Ourense “cuando ellos han pretendido entrar, no ya por la puerta de atrás, sino por la chimenea”.

La resolución judicial de la sala de lo contencioso-administrativo del TSXG, con fecha 20 de febrero de 2013, abarca a una tercera persona, Concepción Vispo, informaron los populares, trabajadora que desempeña labores como auxiliar administrativa en el grupo socialista de la Diputación de Ourense.

Los tres trabajadores presentaron en su día un pleito contra la Diputación de Ourense a causa de las modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo y plazas de personal eventual al servicio de los grupos políticos en la institución provincial.

Ahora, apuntó el PPdeG, el TSXG dicta una sentencia, que es firme, en la que se da cuenta, argumentaron los populares, de que la actuación de la diputación es “conforme a derecho, al tratar de regularizar la situación de los puestos ocupados por los demandantes”.

Asimismo, determina que en tanto “no se proceda a la selección del personal fijo necesario para la provisión definitiva de los puestos de trabajo adscritos al grupo socialista, estos podrán seguir siendo desempeñados por el personal laboral indefinido actualmente existente”.

Por ello, tras la inclusión en la Relación de Puestos de Trabajo de dichos puestos, está prevista la convocatoria de un proceso selectivo de personal laboral fijo, “procediendo posteriormente a la provisión de aquellos puestos mediante libre designación entre el personal de la categoría profesional correspondiente que tenga resultado seleccionado”.

La sentencia, que califica de “poco clara” la fundamentación jurídica de los socialistas, afirma que “nada impide a los demandantes acudir a ese proceso selectivo para acudir a dicha condición de personal laboral fijo”, con lo cual se acata la observancia de los principios de igualdad, mérito y capacidad que tiene que regir “en todo caso para el acceso al empleo público”.

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