El Constitucional niega a la Xunta la competencia para autorizar los parques eólicos marinos

El Constitucional niega a la Xunta la competencia para autorizar  los parques eólicos marinos
FRA01 NARAHA (JAPÓN) 12/11/2013.- Fotografía con fecha desconocida facilitada por Marubeni Corp., hoy, martes 12 de noviembre de 2013, que muestra una turbina de primer parque eólico flotante de la Prefectura de Fukushima (Japó

El Tribunal Constitucional ha desestimado el conflicto de competencias presentado por la Xunta en noviembre de 2007 contra un decreto del Gobierno de julio de ese año sobre la autorización de producción de energía eléctrica en el mar mediante parques eólicos.
El Gobierno gallego entendió entonces que este decreto invadía las competencias de Galicia sobre la autorización de parques eólicos, que corresponde a la comunidad gallega.
Antes del recurso ante el TC ya se había presentado un requerimiento de incompetencia ante el Gobierno que también había sido rechazado, motivo por el que la Xunta decidió recurrir al alto tribunal. Sin embargo, el pleno del Constitucional falló el pasado 16 de enero que desestima el conflicto planteado por el Gobierno gallego.

carece de competencias
En el fallo, el Constitucional entiende que las instalaciones de producción de energía en el mar territorial no se encuentran ubicadas en el territorio de la comunidad gallega, “pues el territorio autonómico no se extiende al mar territorial”.
Por lo tanto, abunda el alto tribunal, el decreto del Gobierno no invade las competencias de Galicia “al carecer de las mismas en lo que respecta al mar territorial”. “Corresponde al Estado la competencia para autorizar instalaciones en el mar territorial, para lo que deberá tener en cuenta las consecuencias que produzcan en todos los ámbitos”, concluye.

El Constitucional niega a la Xunta la competencia para autorizar los parques eólicos marinos

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