El Ayuntamiento de Ourense rechaza cesar a los trabajadores cuyos contratos anuló el Superior

El Ayuntamiento de Ourense rechaza cesar a los trabajadores cuyos contratos anuló el Superior
GRA226. MADRID, 18/07/2014.- La directora general de recursos humanos del Ayuntamiento de Ourense, Carmen Rodríguez Dacosta en rueda de prensa este mediodía en el Centro de Iniciativas Empresariales de Ourense. EFE/ BRAIS LORENZO

La directora general de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Ourense Carmen Rodríguez Dacosta aseguró ayer que ninguno de los trabajadores afectados por la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que anula 41 puestos de trabajo “van a ser cesados” y subrayó que los errores son “subsanables” con un expediente que justifique las contrataciones.
Dacosta compareció ayer en una rueda de prensa convocada de urgencia, tras la ausencia del regidor de Ourense, Agustín Fernández, en un acto oficial previsto en su agenda; y lo hizo para hablar de la sentencia que anula 41 puestos de trabajo.
La responsable de Personal refrendó que ningún trabajador “será cesado”, al existir de plazo “dos meses para subsanar esa falta de motivación”, tras “estudiar” la resolución judicial con los técnicos del ayuntamiento.
“Lo que dice el tribunal no es que no deba haber personal eventual para los grupos políticos, ni que no podamos tener jefes de servicio de libre designación”, sino que “hay que motivarlo de forma distinta”, señaló Dacosta, quien insistió en que tal cuestión no ha sido realizada por el gobierno actual.
Precisó que el contenido de la sentencia habla de “un error de forma” derivado de una “ausencia de motivación” de los puestos de trabajo en la actual relación de puestos que, recordó, “no es una innovación” de su gobierno, sino que fue elaborada por el PP.
La sentencia del TSXG estimó “en parte” el recurso presentado en su día por el CSIF contra el acuerdo de la junta de gobierno del 16 de mayo de 2012, por el que se anula de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento un total de 41 puestos.
El fallo anula tres puestos de coordinadores “por asignar” funciones de dirección a puestos del grupo C, además de considerar nulos otros ocho por reservarlos “sin justificación” a eventual.
Además, determina la anulación de otros doce puestos “por permitir la cobertura por personal laboral” y otros 18 “por prever la libre designación como sistema de provisión sin justificar”, todos ellos marcados “por ausencia de motivación”.

“Solo estima cuatro”
Reflejó que, de todas las alegaciones del sindicato, el juez solo estima cuatro, aunque aclaró que en algunos casos como el de jefes de servicio se trata de trabajadores “que aprobaron una oposición y ya estaban antes, con los gobiernos del PP, así que no pierden sus puestos de trabajo”.
Por otra parte, aseguró que la RPT del ayuntamiento es la habitual, la que se realiza en otros ayuntamientos, y sostuvo que la sentencia del TSXG “no la anula”, sino que dice que hay que “motivar esos 41 puestos”.
También se refirió a la incidencia de esta sentencia en los presupuestos, que fueron rechazados recientemente por toda la oposición. A este respecto, aseguró “que la RPT “no entra en los presupuestos” como documento presupuestario, por lo que no afectaría a su aprobación.

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