Anulan las pruebas derivadas de la investigación de la Fiscalía en la causa contra Rafael Louzán

Anulan las pruebas derivadas de la investigación de la Fiscalía en la causa contra Rafael Louzán
Rafael Louzán llega a los juzgados de Pontevedra | aec

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) anuló las pruebas derivadas de las diligencias de investigación de la Fiscalía en el caso de los alquileres de locales del expresidente de la Diputación de Pontevedra, Rafael Louzán, tras admitir el recurso presentado por él y su mujer.
Según informa el alto tribunal gallego, el auto declara que “no cabe admitir como pruebas a practicar en el acto del juicio todas aquellas que tengan su origen en las diligencias de investigación llevadas a cabo por el Ministerio Fiscal y las que de estas se deriven”, entre los que señala los informes de la Agencia Tributaria y los elaborados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
En concreto, la Sala estima los recursos de apelación presentados por el expresidente de la Diputación de Pontevedra, Rafael Louzán y su mujer contra el auto de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra que decretó la continuación del procedimiento judicial sobre el caso de los alquileres en el que están investigados manteniendo los hechos recogidos en el auto de apertura de juicio oral.

Verosimilitud
“No cabe duda alguna de que lo que llevó a cabo la Fiscalía fue una investigación prospectiva apoyada en un anónimo cuya objetiva verosimilitud en todo su contenido era de difícil apreciación”, indica el tribunal, que considera que no es “aventurado afirmar” que se produjo “una vulneración del derecho a la intimidad” de Rafael Louzán, presidente de la Federación Galega de Fútbol.
El alto tribunal desestima, sin embargo, el recurso interpuesto por el exdiputado provincial Severino Reguera, investigado en el mismo caso. El TSXG asegura que las cuestiones que plantea no son de índole procesal, por lo que su determinación “debe quedar fijada tras el desarrollo del juicio y en la sentencia que eventualmente recaiga”. El auto es firme, por lo que contra él no cabe recurso.
En la vista de apelación, las defensas de los tres calificaron de “insostenible” la acusación del Ministerio Público contra sus clientes, por el caso de supuestas irregularidades en los alquileres de unos locales comerciales. Para ello, alegaron, entre otras cuestiones, “prescripción del delito” y “vulneración de derechos fundamentales”.
En su día, la querella de Fiscalía contra Rafael Louzán y su esposa se interpuso por cohecho continuado, mientras que en el caso de Severino Reguera se atribuyó cohecho impropio continuado.
En la vista de apelación, las defensas rechazaron la existencia de “sobreprecios” en el alquiler de unos bajos en el barrio vigués de Navia y que se hubiese acordado el pago de un importe superior como “un regalo” de Reguera al entonces presidente de la Diputación de Pontevedra. l

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