Las víctimas de delitos graves podrán recurrir el archivo de una causa aunque no estén personadas

Las víctimas de delitos graves podrán recurrir el archivo de una causa aunque no estén personadas
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón. EFE/Archivo

Las víctimas de delitos graves podrán recibir información del proceso penal que se sigue contra su agresor, podrán recurrir la libertad condicional y los beneficios penitenciarios que les puedan conceder, así como el sobreseimiento o archivo de la causa aunque no estén personadas en la misma.

Son algunos de los derechos incluidos en el Estatuto de la Víctima de Delito que el Gobierno aprobará previsiblemente este viernes en Consejo de Ministros y que hoy han presentado los ministros de Justicia, Interior y Asuntos Sociales, Alberto Ruiz-Gallardón, Jorge Fernández Díaz y Ana Mato, respectivamente.

En líneas generales, el proyecto mantiene el catálogo de derechos para las víctimas de la mayoría de delitos graves que contemplaba ya el anteproyecto aprobado en octubre.

El objetivo, ha dicho Ruiz-Gallardón, es reconocer "la dignidad de las víctimas" y regular el trato que les debe dar el Estado no solo jurídico sino también social, de que se recoge esos derechos eviten "una segunda victimización social".

El proyecto prevé estos derechos para las víctimas de delitos de terrorismo, homicidio, lesiones y contra la libertad sexual penados con más de cinco años de cárcel o cuando se trate de hechos que puedan derivar una situación de peligro para la víctima.

De esta forma, el estatuto dota de más derechos procesales y extraprocesales a las víctimas, que podrán recurrir el archivo o sobreseimiento de los casos aunque no estén personadas, y se les proporcionará, si lo desean, información del proceso o adopción de medidas cautelares sobre el encausado.

Las víctimas de delitos graves podrán recurrir el archivo de una causa aunque no estén personadas

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