Las nuevas medidas implican la limitación de la libre circulación

Las nuevas medidas implican la limitación de la libre circulación
Carretera de la M-30 de Madrid a la altura del Puente de los Franceses sin apenas circulación a pesar de ser las 18:30 y plena hora punta, el mismo día que el Gobierno ha decretado el estado de alarma en España a consecuencia del coro

La aplicación del “estado de alarma” en España por la crisis del coronavirus está recogida en el artículo 116 de la Constitución española y se desarrolla en la Ley Orgánica 4/1981 de Estado de Alarma, Excepción y Sitio, donde se prevé su declaración ante, entre otras circunstancias, “crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves”. 

Entre las potestades que otorga al Gobierno está la de limitar la circulación de personas o intervenir fábricas, requisar bienes, imponer prestaciones personales obligatorias o sanciones para su cumplimiento.

El plazo máximo del estado de alarma será de 15 días y se debe dar cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. 

El Gobierno podría, con esta medida, intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados, dando cuenta de ello a los Ministerios interesados, así como limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad.

Además, se podrán impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios y de los centros de producción afectados por las situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad.

El incumplimiento o la resistencia a las órdenes de la Autoridad competente en el estado de alarma puede ser sancionado, aunque no se especifica cuales son esas sanciones. 

Una vez que se produce la declaración del estado de alarma, todas las autoridades civiles y la administración pública del territorio afectado quedan bajo la autoridad competente. Además, puede implicar intervenciones específicas de las Fuerzas Armadas Españolas

Una vez que finaliza la vigencia del estado de alarma, decae la eficacia de las competencias en materia sancionadora y de actuaciones preventivas.

Las nuevas medidas implican la limitación de la libre circulación

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