La Audiencia Nacional suspende el juicio a Díaz Ferrán por Aerolíneas Argentinas

La Audiencia Nacional suspende el juicio a Díaz Ferrán por Aerolíneas Argentinas
El ex presidente de la CEOE, Gerardo Díaz Ferrán. EFE/Archivo

La Audiencia Nacional ha suspendido el juicio que iba a comenzar el próximo martes al expresidente de la CEOE Gerardo Díaz Ferrán y al expresidente de Air Comet Antonio Mata por un delito contra la Hacienda Pública tras comprar Aerolíneas Argentinas en 2001.

Fuentes jurídicas han explicado que esta decisión del juez Central de lo Penal, José María Vázquez Honrubia, se debe a que una comisión rogatoria solicitada como prueba anticipada por una de las partes a Argentina no está correctamente cumplimentada, por lo que el magistrado ha vuelto a remitirla al país.

Por ello, a la espera de la contestación de las autoridades argentinas, no se ha podido fijar una nueva fecha para la celebración de la vista oral.

Junto a Díaz Ferrán y Mata, para los que la Fiscalía pide una pena de dos años y cuatro meses de prisión, estaba acusado el empresario Gonzalo Pascual, que falleció en junio pasado.

La causa se remonta a 2001, cuando el Gobierno vendió Aerolíneas Argentinas a Air Comet, que no declaró supuestamente los beneficios obtenidos con la operación.

En concreto, la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) vendió el 92 % de las acciones en Interinvest (la propietaria del 92,1 % de Aerolíneas Argentinas) a Air Comet, entonces presidida por Antonio Mata, por un dólar a cambio de aportar 300 millones de dólares para satisfacer pagos a los acreedores de la sociedad.

En su escrito de conclusiones provisionales, el fiscal Miguel Ángel Carballo, recordaba que el contrato de venta fue suscrito por Díaz Ferrán en nombre de Transportes de Cercanías; por Pascual, en representación de Segetur; por Mata, en nombre de Air Comet -actualmente en liquidación-, y por la SEPI.

Air Comet utilizó ese dinero, no para pagar a los acreedores, sino para subrogarse en su posición en el proceso de suspensión de pagos, lo que le permitió posteriormente recuperar el 40 % de lo invertido gracias al convenio aprobado por Aerolíneas Argentinas para saldar sus deudas.

De esta forma, al no haber declarado los beneficios obtenidos de la compra de Aerolíneas Argentinas, Carballo pide que los acusados respondan subsidiariamente en caso de impago de los 99 millones de indemnización solicitada, que pierdan la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas, el derecho a gozar de incentivos fiscales o de la seguridad social durante cinco años y que sean condenados a abonar las costas.

El instructor Eloy Velasco descartó, no obstante, que los empresarios hubieran cometido con esa operación delitos de falsedad contable, fraude, estafa procesal y malversación de caudales públicos, y que la SEPI hubiera amparado esas conductas.

Velasco consideraba que de la investigación, iniciada en 2004, no se deducía la existencia de "concierto, artificio o maquinación entre los gestores de la SEPI y los administradores de Air Comet para defraudar al Estado".

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