Hacienda confirma a Castro que aprecia delitos fiscales por parte de Urdangarin

Hacienda confirma a Castro que aprecia delitos fiscales por parte de Urdangarin
GRA335. VALENCIA, 31/01/2014.- El juez instructor del caso Nóos, José Castro, atiende a los medios a su entrada a la en la Ciudad de la Justicia de Valencia, donde ha llegado en torno a las 17.15 horas para tomar declaración, como tes

La Agencia Tributaria remitió un informe al juez del caso “Nóos”, José Castro, en el que reitera que aprecia dos supuestos delitos fiscales por parte de Iñaki Urdangarin, en el IRPF de los años 2007 y 2008.
El juez Castro pidió mediante una providencia el día 5 a Hacienda que aclarase varios aspectos sobre esta cuestión, después de que la defensa de Urdangarin presentara un escrito de alegaciones el 22 de abril en el que negaba que el duque de Palma hubiera cometido delito fiscal.
Hacienda reitera en su respuesta la posición que ya manifestó en informes anteriores de que Urdangarin utilizó Aizoon para cobrar por los trabajos que hizo para varias empresas, informaron fuentes jurídicas.
La defensa de Urdangarin negó el fraude fiscal y añadió que aun aceptando las tesis de la Agencia Tributaria, la cuantía presuntamente defraudada no alcanzaría los 120.000 euros que determinan la existencia de un delito penal contra la Hacienda Pública ni en 2007 ni en 2008.
En el escrito que presentó al juez, el abogado de Urdangarin rechazaba la hipótesis formulada por la Agencia Tributaria en un informe de enero de 2013, según la cual, el duque de Palma utilizó Aizoon, empresa compartida al 50% con la infanta Cristina, para percibir rentas derivadas de su propia actividad personal.
Según Hacienda, al no tributar esos ingresos como IRPF, Urdangarin se benefició del tipo impositivo más reducido del impuesto de sociedades, así como de la deducción de gastos. Además, amortizó el impuesto de sociedades de Aizoon sin derecho alguno por su inactividad.
En aquel informe, la Agencia Tributaria señaló que Urdangarin dejó de ingresar 182.005 euros de IRPF en 2007 y 155.138 euros en 2008, con lo que en ambos ejercicios superaría el umbral delictivo de 120.000 euros previsto en el Código Penal.
Su defensa negó que los rendimientos obtenidos por Aizoon sean atribuibles a Urdangarin a título personal y añadió además que, si lo fueran, no se alcanzaría el límite para la aparición de delito porque de lo que cobró por la pertenencia a consejos de administración habría que deducir las retenciones que las empresas que pagaron al duque de Palma tenían que haber aplicado.

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