La Fiscalía da el primer paso para evitar que Otegi se presente a las elecciones

La Fiscalía da el primer paso para evitar que Otegi se presente a las elecciones
La Audiencia Nacional ha pedido la sentencia de Otegi por el caso “Bateragune” vincent west

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha remitido al tribunal que condenó al candidato de Bildu a lehendakari, Arnaldo Otegi, por intentar refundar Batasuna a través de Bateragune, un escrito en el que le reclama que envíe a las Juntas Electorales vascas la sentencia, para que estas cumplan de forma imperativa la resolución que le mantiene inhabilitado hasta el 28 de febrero de 2021.
El departamento dirigido por Javier Zaragoza defiende que la condena por pertenencia a organización terrorista convierte a Otegi en “inelegible”. En su escrito, el Ministerio Público precisa que tanto la legislación electoral general como la legislación electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco establecen que los condenados por terrorismo inhabilitados no pueden concurrir a comicios.

deberá ser excluido
“Se cumplen todas las condiciones legales exigidas para declarar inelegible al condenado Arnaldo Otegi por lo que, en el caso de formar parte de cualquier candidatura, sea partido político, federación, coalición o agrupación electoral, deberá ser excluido de la misma y proceder imperativamente a su sustitución”, concreta.
El dirigente de la ilegalizada Batasuna, fue condenado a 10 años de prisión y a dos inhabilitaciones, una especial para empleo o cargo público y otra de inhabilitación especial para el sufragio pasivo. Posteriormente, el Tribunal Supremo mantuvo en 2012 ambas inhabilitaciones aunque las redujo a una duración de seis años y medio.
La fecha de inicio del cómputo de esta condena no arrancó hasta septiembre de 2014, día siguiente a que cumpliera la pena de inhabilitación absoluta impuesta en un procedimiento anterior, su participación en 2005 en el homenaje al miembro de ETA José María Sagarduy en el municipio de Amorebieta.
La Fiscalía asegura que el caso de Otegi es distinto al del parlamentario vasco de la misma formación Iker Casanova, condenado en el caso Ekin por pertenencia a organización terrorista, contra el que pesaba una inhabilitación especial para empleo o cargo público. En esa ocasión afirman que en la sentencia no se detallaron los puestos a los que no podía acceder, cosa que no sucede con el líder de la izquierda abertzale, excarcelado el 1 de marzo.
“La pena de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo que le fue impuesta le impide ser elegido en cualquier proceso electoral, sea europeo, nacional o autonómico provincial o local, y la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público le impide ejercer cualquiera cargo público restante aunque no se hayan precisado en la sentencia”, defiende.
Por todo ello, reclama que “a la mayor urgencia posible” se envíen a la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco y a las de los Territorios Históricos la sentencia de la Audiencia Nacional, la del Tribunal Supremo que le dio firmeza, la liquidación de condena reflejada en una providencia de enero de 2013 y el auto de 2016 en que se rechazó un recurso de Otegi contra la inhabilitación.

La Fiscalía da el primer paso para evitar que Otegi se presente a las elecciones

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