El fiscal mantiene la petición de cárcel para Maestre por el asalto a la capilla de la Complutense

El fiscal mantiene la petición de cárcel para Maestre por el  asalto a la capilla de la Complutense
18/02/2016 Rita Maestre declara por el 'asalto' a una capilla de la Complutense. La portavoz del Gobierno municipal, Rita Maestre, ha afirmado a la salida del juicio sobre la protesta de 2011 en la capilla del campus de Somosaguas de la Universidad Compl

La Fiscalía mantiene su petición de pena de un año de cárcel por presunta comisión del delito contra los sentimientos religiosos para Rita Maestre por el “asalto” a la capilla del campus de Somosaguas de la Universidad Complutense al entender que las formas con las que realizaron la protesta se enmarca dentro de la responsabilidad penal y “no es admisible” en el Estado de Derecho, añade que es una decisión de estricto “respeto a la legalidad” e instó a que nadie vea “fantasmas de crítica política”.
Así lo indicó la representante del Ministerio Público en la fase de conclusiones de la vista oral del juicio sobre los hechos acaecidos en 2011. La fiscal indicó que en el momento de los hechos tanto Maestre como Hector Meleiro, el otro acusado, no tenían ninguna relevancia “política ni social”.
Indica que los hechos se calificaron en 2011 y que el motivo por el que se está juzgando ahora se debe solo a que “a veces desgraciadamente” la Justicia actúa con pasos “lentos” y que el deber del Ministerio Público es actuar cuando el derecho a la religiosidad se ve “vulnerado”.
“Estos hechos se hubieran enjuiciado igual si hubieran ocurrido dentro de una mezquita o una sinagoga”, aseguró la fiscal para asegurar que lo ocurrido en la capilla, a su juicio, puede considerarse “profanación” aunque no hubiera ceremonia religiosa en ese momento, por la forma de la protesta y las consignas que se profirieron.
“Decir me ‘Cago en dios’ delante del sagrario para las personas que allí están desplegando su fe es un acto de profanación”, recalcó la representante del Ministerio Fiscal.
Para el caso de Meleiro, la Fiscalía rebaja su solicitud y pide que se le aplique el artículo 525 del Código Penal, especificando una multa por periodo de 12 meses a razón de 10 euros diarios. Este tipo penal refleja actuaciones de ofensa de sentimiento de una confesión religiosa.
Para el caso de Meleiro, el Ministerio Público cree que se situó en la parte de atrás y no tuvo tanto protagonismo como las mujeres que participaron en la protesta que derivó en “profanación”.
La Fiscalía ve acreditado los hechos calificados de delito por las formas que llevaron a cabo para reivindicar que en un espacio público no hubiera un lugar de culto religioso, y cree que los mensajes y las acciones se hicieron para “ridiculizar” y hacer “burla” de una creencia como es la religión católica.
Aprecia que se causó “daño moral” a las personas que tuvieron que presenciar “el espectáculo” de esta acción.

El fiscal mantiene la petición de cárcel para Maestre por el asalto a la capilla de la Complutense

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