España pide a Italia la extradición del presunto etarra Fernández Arrinda

España pide a Italia la extradición del presunto etarra Fernández Arrinda

El Consejo de Ministros han acordado hoy solicitar a Italia la extradición del presunto miembro de ETA Lander Fernández Arrinda, detenido el pasado 13 de junio en Roma acusado de un delito de estragos terroristas.

El reclamado es sospechoso de haber participado en ataques de violencia callejera y en concreto el incendio de un autobús de transporte urbano el 20 de febrero de 2002 en Bilbao, que no causó víctimas.

Fernández Arrinda fue arrestado en la Via de Sette Chiesse de la capital italiana, un día después de que la sección segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional dictara contra él una Orden Europea de Detención y Entrega por los delitos de terrorismo y estragos.

El historial delictivo de Fernández, nacido el 29 de febrero de 1980 en Bilbao, es dilatado.

El 18 de noviembre del año 2003 fue detenido en la localidad francesa de Groulhet junto con el también militante de ETA Eneko Agirresarobe Olagoy cuando intentaban robar un vehículo.

En el momento de su detención, portaba un pistola de 9 milímetros y documentación falsa.

Ingresó en prisión tres días más tarde, acusado de asociación de malhechores con fines terroristas, tenencia de armas y documentación falsa, intento de robo y receptación de vehículos así como de uso de matrículas falsas, y quedó en libertad el 22 de enero de 2008.

El 14 de junio de 2009 fue nuevamente arrestado cuando regresaba de Venezuela junto a Alexander Gorka Bustunduy Urresola y Eneko Fernández Montes por un acto de sabotaje cometido en el año 2002.

En octubre de 2010 fue condenado a tres años de cárcel por custodiar 300 boletos que se iban a vender a 600 euros cada uno para recaudar fondos para los presos de la banda terrorista, condena de la Audiencia Nacional que fue anulada un año después por el Tribunal Supremo (TS).

El alto tribunal consideró que la simple tenencia de los boletos de la rifa no acreditaba su propósito de destinar los fondos a una organización terrorista, ni el delito de colaboración con ETA.

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