El Consejo de Estado dictamina que el euro por receta es inconstitucional

El Consejo de Estado dictamina que el euro por receta es inconstitucional
una farmacéutica de barcelona despacha medicinas a un cliente tras la implantación del euro por receta efe

El Consejo de Estado ha considerado que la tasa de un euro por receta “vulnera el orden constitucional”, pese a lo que Cataluña, que la implantó el pasado junio, la mantendrá y Madrid sigue con la intención de aplicarla a partir de enero.

El máximo órgano consultivo del Gobierno argumenta que las autonomías “no pueden incidir, ni directa ni indirectamente, en la fijación de los precios de los medicamentos que son objeto de financiación pública”.

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, que solicitó el informe, insistió en que recurrirá en el Tribunal Constitucional (TC) la decisión de esas comunidades si no llega a un acuerdo con ellas, pues cree que no son competentes.

El Gobierno recurrirá la decisión de Madrid y Cataluña de mantener la tasa

Pero el presidente de Madrid, Ignacio González, afirmó que esa tasa sí entra dentro de las competencias de la comunidad, pues “no afecta” al coste de los medicamentos, sino que tiene una función disuasoria, si bien está dispuesto a “sentarse a hablar con el Gobierno para solventar discrepancias”.

El departamento de Salud de la Generalitat continúa amparándose en la interpretación del Consejo de Garantías Estatutarias de Cataluña, que dictaminó la constitucionalidad de la nueva tasa, y agrega que la opinión del Consejo de Estado “no es vinculante”.

La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, aseguró, por su parte, que el Ejecutivo tratará de “hacer entender” al Gobierno catalán la “inconstitucionalidad” de ese pago y la necesidad de su modificación, antes de acudir al TC.

En la conferencia de prensa posterior al Consejo de Ministros, Sáenz de Santamaría recordó que existe una mesa de diálogo abierta con la Generalitat para tratar la cuestión y e intentar evitar acudir al Constitucional.

El plazo para llegar a un acuerdo en esas conversaciones termina a finales de diciembre, según Sanidad.

En el caso de Madrid, “cuando sea, si es, una norma jurídica, se procederá de la misma manera”, aclaró la vicepresidenta. El Consejo de Estado entiende que no cabe admitir que, en el ejercicio de su potestad tributaria, las comunidades impongan gravámenes “cuya exacción comporte, en última instancia, un incremento del coste que los ciudadanos hayan de abonar para obtener un determinado medicamento o producto sanitario”.

 

conflicto

No se reprocha una eventual falta de competencia de la Generalitat para establecer tributos, sino que “la instauración de esa tasa vulnere el orden de competencias y, en concreto, el artículo 149.1.16 de la Carta Magna”.

Las autonomías no pueden incidir en los precios de las medicinas financiadas

En el caso de Cataluña, abunda el Consejo de Estado, la tasa también “entra en conflicto” con el artículo 149.1.1 de la Constitución, pues “corresponde al Estado la competencia exclusiva para la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes”.

La decisión del Consejo de Estado, que ha sido valorada por la Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Pública, ha contado, no obstante, con tres votos particulares –Fernando Ledesma, María Teresa Fernández de la Vega y Enrique Alonso–, que entienden que “no existen motivos suficientes” para considerar la inconstitucionalidad del euro por receta.

La Generalitat implantó la tasa farmacéutica con la intención de contribuir a financiar el sistema sanitario y moderar el consumo de medicamentos, con un pago máximo de 61 euros anuales y para productos de más de 1,67 euros.

Solo están exentos unos 127.000 ciudadanos en riesgo de exclusión social, los de una pensión no contributiva, de la Ley de la Integración Social de los Minusválidos y del Fondo de Asistencia Social.

El Consejo de Estado dictamina que el euro por receta es inconstitucional

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