El Constitucional anula el acuerdo de la mesa del Parlament que permitió tramitar la ley del referéndum

El Constitucional anula el acuerdo de la mesa del Parlament que permitió tramitar la ley del referéndum
GRAF1217. BARCELONA (ESPAÑA), 17/01/2018.- El nuevo presidente del Parlament, Roger Torrent (c), junto a los dos vicepresidentes Josep Costa (3i) y José María Espejo-Saavedra (3d), y los cuatro secretarios Eusebi Campdepadrós (

El Tribunal Constitucional declaró nulo el acuerdo de la mesa del Parlament que permitió la tramitación y aprobación de la ley del referéndum, que no admitió la solicitud de dictamen del Consejo de Garantías Estatutarias (CGE), por lo que concluye que se vulneraron los derechos de los diputados.
La sentencia responde a un recurso de amparo presentado por el grupo parlamentario del PSC ante el Constitucional por las votaciones del pleno del pasado 6 de septiembre en el Parlament sobre la ley del referéndum presentada por JxSí y la CUP.
Así, el Alto Tribunal destaca que la actuación de la mesa del Parlament y de sus miembros se llevó a cabo a pesar de las advertencias del Secretario General del Parlament y por el Letrado Mayor, y de las protestas de Cs, PP y PSC, que se opusieron a la admisión a trámite y a la alteración del orden del día para incluirla en el pleno.
El texto recoge que la preservación del pluralismo político en los procedimientos legislativos es inseparable del respeto a la posición y derechos de las minorías, y recordó que la ley del referéndum se aprobó “al margen de cualquiera de los procedimientos legislativos previstos y regulados en el reglamento del Parlament y a través de una vía inapropiada”.

Arbitrio
Asimismo, señala que la mayoría se sirvió para improvisar y articular un cauce que dejó “a su arbitrio las posibilidades de intervención y los derechos del resto de los grupos y diputados”, y recuerda que la solicitud de dictamen al CGE es, para los grupos y diputados, una garantía del propio Estatut de Catalunya en el procedimiento legislativo.
“La posibilidad de pedir dicho dictamen no puede ser suprimida por la Cámara sin merma de la integridad del propio procedimiento legislativo y a la vez de los derechos de los representantes a ejercer esta concreta facultad que la ley les confiere y que se incorpora a su estatus jurídico-constitucional”, y ha reiterado que el Parlament debe asegurar el ejercicio de los derechos y facultades de los parlamentarios, así como la participación no discriminatoria de sus representantes.  
Por otro lado, los letrados del Parlamento catalán expusieron el viernes que la cuenta atrás de dos meses para investir un presidente de la Generalitat no se ha activado, después de que la semana pasada se suspendiera el pleno de investidura. El informe también asegura que corresponde al presidente de la Cámara, Roger Torrent, “activar” el inicio de esta cuenta atrás y lo puede hacer de varias maneras. El informe generó diferencias entre los letrados del Parlament hasta el punto que solo esta firmado por el secretario general de la Cámara, Xavier Muro, y no por el letrado mayor, Antoni Bayona, como es habitual.
El conflicto se originó cuando Torrent pospuso el pleno de investidura, ya que la ley no contempla con exactitud qué pasa con este escenario, y el informe concluye que el aplazamiento del pleno no fue por “voluntad deliberada” de Torrent, sino porque el Gobierno central lo impugnó ante el Condtitucional por considerar que el candidato a la Presidencia propuesto, Carles Puigdemont, no podía serlo. l

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