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Economía

La ley de vivienda prohíbe pagar el alquiler en metálico, salvo excepciones

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El proyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda prohíbe que el pago de la renta de alquiler se realice con dinero en metálico, a no ser que una de las partes no tenga cuenta bancaria ni acceso a medios electrónicos de pago, según el texto que tiene previsto aprobar este jueves el pleno del Congreso.

"El pago se efectuará a través de medios electrónicos. Excepcionalmente, cuando alguna de las partes carezca de cuenta bancaria o acceso a medios electrónicos de pago y a solicitud de esta, se podrá efectuar en metálico y en la vivienda arrendada", establece el artículo 10 del proyecto de ley.

El texto, al que ha tenido acceso Efe, también da un plazo de seis meses para constituir un grupo de trabajo que haga una propuesta para regular los contratos de arrendamiento de temporada (vacaciones, trabajos con fecha de finalización y temporadas de estudios, entre otros).

Asimismo, prevé conformar una "base de datos" de contratos de arrendamiento de vivienda a partir de la información contenida en los actuales registros autonómicos de fianzas de las comunidades autónomas, en el Registro de la Propiedad y otras fuentes de información de ámbito estatal, autonómico o local.

Para ello establece un proceso específico de colaboración con las comunidades autónomas que ya dispongan de sistemas de referencia de precios de alquiler en sus ámbitos territoriales.

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