La reforma laboral amplía los grupos protegidos ante un despido colectivo

La reforma laboral amplía los grupos protegidos ante un despido colectivo

La reforma laboral aprobada por el Gobierno acaba con la exclusividad que hasta ahora tenían los representantes de los trabajadores ante un proceso de despido colectivo y que impedía que fueran echados los primeros.

A partir de mañana, que es cuando entra en vigor el real decreto-ley de reforma, los trabajadores con cargas familiares, los mayores de determinada edad o las personas con discapacidad también tendrán prioridades de permanencia en la empresa si así se pacta en el convenio.

El Estatuto de los Trabajadores fija que sólo son los representantes legales de los trabajadores los que ostentan esa prioridad, algo que cambia mañana.

Los asalariados que cuenten con un contrato fijo ordinario sólo podrán recibir una indemnización por despido improcedente que no superará los 720 días de salario, según la reforma laboral aprobada por el Gobierno y que entra en vigor mañana, domingo.

Hasta ahora, el despido improcedente se pagaba con 45 días por año trabajado con un tope de 42 mensualidades.

A partir de mañana cambia el método de cálculo: los años trabajados hasta la entrada en vigor del real decreto-ley se calcularán a 45 días, mientras que los restantes pasarán a indemnizarse a 33 días.

Para facilitar el cálculo, la norma establece que el importe indemnizatorio resultante no podrá ser superior a 720 días de salario.

La reforma laboral amplía los grupos protegidos ante un despido colectivo

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