Los clientes que recuperen dinero de las cláusulas suelo tendrán que rendir cuentas con Hacienda

Los clientes que reciban de sus bancos la devolución de los importes cobrados de más por la aplicación de las cláusulas suelo de las hipotecas, que el Tribunal Europeo de Justicia ha obligado a España a reintegrar, deberán tributar por ellos si se beneficiaron de la deducción por adquisición de vivienda habitual en el IRPF y, en todos los casos, por los intereses de demora que la entidad bancaria abone por el tiempo transcurrido.
Así lo aclaró la Dirección General de Tributos en una consulta vinculante y en respuesta a una pregunta sobre la devolución por parte de un banco a un cliente de los intereses cobrados en exceso por la aplicación de una cláusula suelo que no estaba contemplada en el préstamo hipotecario, además de el abono de los intereses de demora de acuerdo con el interés legal del dinero en cada año sobre las cantidades cobraras por error.
Fuentes de Hacienda precisaron que este escenario es el que contempla en la actualidad la legislación, si bien el Gobierno, tras la sentencia sobre cláusulas suelo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y a la vista de la cantidad de personas afectadas, puede modificar esta tributación como parte del código de buenas prácticas sobre la materia en la que trabaja.
La deducción por vivienda, de las más cuantiosas en el IRPF, está relacionada con la cuota hipotecaria que pagan los contribuyentes, de tal forma que si ahora reciben una parte de lo pagado de más por las cláusulas suelo, la deducción que se aplicaron en su día también debería ser menor y, por este motivo, tendrán que devolver el exceso a Hacienda, integrando este importe en la cuota líquida del año en el que lo reciban.
Además, los intereses de demora que presumiblemente deberá abonar el banco por el tiempo transcurrido entre la aplicación de la cláusula suelo y la devolución de la misma tienen la consideración de intereses indemnizatorios (frente a los remuneratorios) y, por tanto, según el criterio de Tributos, son considerados ganancias patrimoniales y, como tal, se deberá tributar por ellos.
Por otro lado, la juez titular del juzgado número 1 de Monforte declaró nula la totalidad de la cláusula suelo cobrada de forma irregular en una hipoteca a un afectado.
El demandante firmó una hipoteca en el año 2012 con Banco Popular por un importe de 102.000 euros con una cláusula suelo del 2,75 por ciento nominal anual, por lo que el afectado recuperará unos 3.000 euros a partir de la sentencia.

Los clientes que recuperen dinero de las cláusulas suelo tendrán que rendir cuentas con Hacienda

Te puede interesar