Una mujer se enfrenta a pena de cárcel por actuar como testigo en una boda de conveniencia

La próxima comparecencia judicial que deberá realizar la mujer que en noviembre de 2008 ejerció de testigo en una boda interracial en Pontedeume no será ya ante el juez de paz, sino ante un magistrado de lo penal. En concreto, el del penal número 1 de A Coruña, que a finales de mes tiene previsto celebrar el juicio contra la testigo, a la que se acusa de haber participado de forma consciente en la celebración de un matrimonio de conveniencia.

La Fiscalía cree que tenía conocimiento del amaño y la acusa de falso testimonio

La Fiscalía la culpa un delito de falso testimonio por su papel en un enlace civil entre un hombre español y una mujer india, una boda cuya finalidad no era, según se formula en el escrito de acusación, “la propia de tal institución”, dado que los novios apenas se conocían y tampoco tenían “ninguna intención de mantener vínculo afectivo y de convivencia”. Según entiende el fiscal, la boda tenía como única motivación el conseguir que la novia “pudiese adquirir la residencia legal en España y otros efectos derivados de estar casada con un ciudadano español”.

La acusación contra la testigo llega al tener indicios el Ministerio Público de que la mujer “era perfectamente conocedora de que no estaba en el ánimo de los contrayentes tener el vínculo afectivo y convivencial propio de la institución del matrimonio”. Como se recoge en el informe provisional remitido al juzgado, esta ya había comparecido unos meses antes como testigo en el expediente de matrimonio previo y confirmó la “intención real” de los contrayentes de celebrar la boda con las finalidades que le son propias, “cuando sabía que eso no era cierto”.

 

bajo promesa

La Fiscalía destaca que la hoy procesada fue falaz pese a haber prestado promesa de decir verdad y aun habiendo sido advertida de las consecuencias de no hacerlo. El escrito de calificación señala además que, un mes antes del enlace, la testigo fue llamada nuevamente a declarar en el juzgado de paz de Pontedeume y, previa promesa de decir la verdad, respondió una serie de preguntas sobre el conocimiento que tenía de los contrayentes, dirigidas a acreditar su conocimiento de los novios y de sus intenciones respecto a aquella unión civil. Sostiene la Fiscalía que, pese a haber prestado promesa, tampoco en aquella ocasión fue veraz en sus respuestas, “ya que había preparado previamente la forma de contestarlas”.

Con estas conclusiones, el representante del Ministerio Público considera a la mujer llamada a ocupar el banquillo culpable de un delito del artículo 458.1 del Código Penal, que sanciona con penas de prisión de hasta dos años y multas al “testigo que faltare a la verdad en su testimonio en causa judicial” . En este caso, a mayores del año y cuatro meses de reclusión que se piden, se reclaman 1.500 euros de multa.

 

Una mujer se enfrenta a pena de cárcel por actuar como testigo en una boda de conveniencia

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