El Supremo rechaza rebajar las condenas de un padre y su hijo por abusar de una menor de su familia

El Supremo rechaza rebajar las condenas de un padre y su hijo por abusar de una menor de su familia
16 mayo 2013 / 06 junio 2013 página 9 a coruña.- la menor que culpa de abusos a su tío y su abuelo pidió ayuda en su colegio

Su testimonio fue primordial para condenar a su abuelo y su tío por haber abusado de ella desde que era una niña y hasta su adolescencia y ahora, el Tribunal Supremo vuelve a avalarlo como prueba de cargo suficiente para sustentar la condena que impuso la Audiencia coruñesa a sus familiares por un delito continuado de abusos sexuales.
La joven, que hoy es mayor de edad, se confesó por primera vez en junio de 2011 con una de las profesoras de su instituto a través de una carta, en la que le relataba cómo su abuelo la había sometido a tocamientos de forma reiterada desde que tenía siete u ocho años y hasta los quince y cómo después había mantenido relaciones sexuales con su tío en noches en las que él la empujaba a beber y a trasnochar.
Ese relato le valió al mayor de los acusados una pena de diez años de reclusión y siete a su hijo, una sentencia que ambos impugnaron en vía de casación y que ahora confirma el alto tribunal. “Salvo que se aprecie la existencia de un razonamiento arbitrario o manifiestamente erróneo, no es posible proceder a una nueva valoración de pruebas personales cuya práctica no se ha presenciado”, recuerdan los magistrados del Supremo, que acotan su misión a comprobar si la valoración que hizo en su momento el tribunal que dictó la sentencia es racional y si la prueba utilizada es o no irregular.

testigos de referencia
En sus recursos, los dos hombres ponían en duda la validez de una única prueba –la versión de la denunciante– como pieza clave de una sentencia condenatoria y subrayaban que la menor tardó varios años en presentar denuncia y no incluyó entonces todos los hechos que acabaron siendo objeto de juicio. No obstante, como ya hacía la Audiencia, los magistrados de la sala de lo penal les recuerdan que en casos como este sí basta el testimonio para destruir la petición de inocencia, al no detectarse “motivos espurios que enturbien su credibilidad”. 
Pero además, como también entendió la Audiencia, concluye el Supremo que el relato de la víctima sí tuvo corroboraciones externas, a través de las declaraciones de varias testigos de referencia como la profesora a la que le reveló los hechos, la educadora del Ayuntamiento –que seguía el caso de su familia por ser un caso de exclusión social– o las médicos forenses que la examinaron, y que otorgaron a la narración de la joven una “alta credibilidad”.
Con estos argumentos, el nuevo dictamen ratifica los abusos, “con prevalimiento” en caso del abuelo y con consentimiento viciado, en el del tío.  

El Supremo rechaza rebajar las condenas de un padre y su hijo por abusar de una menor de su familia

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