Una sentencia obliga al Ayuntamiento a mostrar las dos auditorías de Nostián

Una sentencia obliga al Ayuntamiento  a mostrar las dos auditorías de Nostián
La planta de tratamiento de residuos de Nostián archivo ec

El Ayuntamiento deberá mostrar las auditorías de Nostián. Así lo ordena el juzgado de lo contencioso-administrativo número 3, que condena al gobierno local a entregar una copia de los documentos al portavoz del BNG, Xosé Manuel Carril, al que la administración municipal había negado el acceso a los papeles el pasado 25 de marzo, alegando que estos formaban parte de un proceso “todavía no resuelto”.
El fallo judicial da respuesta al recurso interpuesto por el propio representante del grupo municipal del BNG el pasado 9 de abril, al entender que la resolución de la teniente de alcalde del área de Hacienda, Rosa Gallego, a su petición por registro el 20 de marzo para acceder a los documentos, vulneraba sus derechos fundamentales a la hora de ejercer su labor de control como concejal de la oposición.
El edil nacionalista solicitó acceso tanto a la auditoría técnica y medioambiental, adjudicada a la empresa Applus Norcontrol en noviembre de 2011, como a la económica y al estudio de viabilidad, estudios que fueron contratados mediante concurso a la empresa KPMG.
Pese a que, en su defensa, el abogado del Ayuntamiento sostiene que el encargo del auditoría, tal y como se recoge en el fallo judicial, “tiene un carácter instrumental dirigido a resolver si procede la modificación del contrato de gestión de residuos”, y que el concejal del BNG tendrá “derecho a recibir información cuando el asunto se trate en el órgano plenario”, el juez entiende que dicha decisión del gobierno local “impide el control que en todo momento debe ejercer aquel, tanto preventivo como posterior, y no siempre desde una postura vicaria, gregaria o secundaria”.
Como consecuencia, el magistrado anula la resolución del 25 de marzo al considerar que la negativa del gobierno local a Carril acceder a las auditorías “supuso la vulneración del derecho fundamental que consagra el artículo 23.1” de la Constitución, y obliga al Ayuntamiento a entregar la “totalidad” de las copias reclamadas en los cinco días siguientes a la declaración de la firmeza de la sentencia. También le impone a la administración local las costas del proceso, con un límite de 500 euros.

recurso
El ejecutivo de Negreira no quiso entrar a valorar ayer el contenido de la sentencia. Sí confirmó que presentarán recurso de apelación contra la misma.
Por su parte, Carril, que fue el encargado de dar a conocer el dictamen del juzgado número 3 de lo contencioso-administrativo con respecto a su reclamación de abril, recordó que no es la primera vez que el Ayuntamiento le impide el acceso a la documentación de una concesión pública –como en el caso de la Compañía de Tranvías–, por lo que amenazó con recurrir por la vía penal si se vuelve a repetir la situación: “O próximo impedimento vulnerador dos dereitos fundamentais motivará unha denuncia penal ao abeiro do artigo 542 do Código Penal”.
Carril explicó que en el precepto 542 se sostiene que “incorrerá na pena de inhabilitación especial para emprego ou cargo público por tempo de un a catro anos a autoridade ou o funcionariado público que, maila o saber, lle impida a unha persoa o exercicio doutros dereitos cívicos recoñecidos pola Constitución e as Leis”. Además, insistió en que existen precedentes en este tipo de denuncias, “haibutais na xurisdicción penal”.

Una sentencia obliga al Ayuntamiento a mostrar las dos auditorías de Nostián

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