Los heridos en un choque entre un coche y una moto en Carral recibirán 85.000 euros

  redacción > a coruña    .

  Hasta los 84.478 euros acaba de elevar la Audiencia Provincial las indemnizaciones que cobrarán dos implicados en una colisión que se registró en la carretera de Carral en enero de 2007 y en la que se vieron implicados un vehículo Mercedes y una motocicleta. Son, precisamente, los dos ocupantes de la moto los que sufrieron lesiones, por las que el conductor del turismo fue juzgado y sancionado por una falta de lesiones por imprudencia leve.
El choque se produjo a las diez de la mañana en la carretera que conecta Ames con Oza dos Ríos, cuando el vehículo del denunciado se cruzó en el carril por el que circulaba la moto, que no pudo evitar un choque frontolateral. Según consideró probado el juez de instrucción, la responsabilidad recayó en el piloto del turismo, que invadió el carril contrario para incorporarse a la autovía A6 y para ello se saltó una señal de stop.
Con estas consideraciones, la primera sentencia multaba al causante del siniestro con 120 euros, y le condenaba a indemnizar a los dos heridos con 31.700 y 18.200 euros, por las lesiones sufridas, que en un caso mantuvieron al perjudicado 44 días en el hospital y en el otro, a la pasajera, le costaron 177 días de curación.

Secuelas > El recurso presentado por los denunciantes fue dirigido, precisamente, a aumentar las compensaciones económicas, a la vista de la gravedad de las secuelas que sufrieron ambos implicados y de los efectos del accidente sobre su capacidad laboral. Así lo estima también la sección primera de la Audiencia, que en su sentencia a los recursos aumenta la cuantía de la responsabilidad civil hasta los 53.870 euros para el motociclista, y los 30.670 para la acompañante.
El caso del hombre fue el más grave. Como se recoge en la última resolución, el impacto le causó fractura de pelvis con rotura del trígono vesical y traumatismo torácico con fracturas, entre otras lesiones. Las consecuencias le llevaron a permanecer en tratamiento 463 días, lo que no evitó que esas fracturas afectasen a su capacidad de deambular, interfiriesen en su profesión y le causasen además un perjuicio estético.
En este apartado, la Audiencia establece que debe resarcirse esta “limitación parcial no impeditiva de las tareas fundamentales de actividad habitual” con 4.000 euros. A esta secuela añade el tribunal una segunda, que no apreciaba la sentencia apelada: la disfunción eréctil que padeció el hombre a consecuencia de la rotura a la altura del trígono vesical. Sobre este aspecto, el tribunal tiene en cuenta, a la hora de cuantificar el daño, que pasados dos años el perjudicado seguía medicado, pero también que no se sometió al tratamiento pautado.
En cuanto a su pasajera, la indemnización tiene que ver con la aceptación de que el choque agravó una patología previa en un hombro y le causó un padecimiento psíquico –por depresión– que la limita de forma parcial para la realización de sus tareas habituales como limpiadora del hogar.


 

Los heridos en un choque entre un coche y una moto en Carral recibirán 85.000 euros

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