La Xunta pagará por la muerte de un paciente en espera de cirugía

La Xunta pagará por la muerte de un paciente en espera de cirugía
El Consello Consultivo aconseja pagar 30.000 euros a la familia .Quintana

  El Consello Consultivo acaba de responder a una consulta remitida por la Xunta y relativa a la reclamación interpuesta por un paciente del Complejo Hospitalario Universitario (Chuac), que falleció en diciembre de 2008 a consecuencia de una parada cardíaca mientras esperaba por una intervención quirúrgica para la implantación de un dispositivo desfibrilador automático DAI-TRC. La responsabilidad de la administración viene, según se plantea en la reclamación y admiten tanto el Gobierno gallego como el órgano de consulta, de que el enfermo tenía fijada para antes del momento de su defunción la fecha para la cirugía cardíaca, pero esta se desprogramó y pospuso por lo que el centro sanitario definió como un “problema logístico con los procedimientos que precisan soporte anestésico”.

Entendiendo que haber implantado en su momento el dispositivo cardíaco habría salvado la vida del paciente, su esposa y sus dos hijos reclamaban una compensación total de 134.500 euros, que el Sergas, en su propuesta de resolución, rebajó hasta los 67.800 y que el Consultivo aconseja fijar en algo menos de la mitad, 30.000 euros.

En cualquiera de los planteamientos se admite que existió un vínculo causal entre el deceso y el funcionamiento del servicio público y, en ese sentido, el dictamen emitido por el Consello Consultivo se remite a varios informes de los servicios de medicina Intensiva del Chuac que reconocen “que se o paciente tivera implantado nese momento o DAI-TRC consonte ao inicialmente programado podería terse resolto a fibrilación ventricular que causou a súa morte”.

 

Fuerza mayor > En esos informes se señala que la postergación de la cirugía vino motivada por la necesidad de comprobar el correcto funcionamiento del dispositivo mediante la inducción de una fibrilación, y para ello había que someter al enfermo a una sedación profunda. “Mais a problemática de orde organizativo interno ao servizo que determinou esta incidencia–repone el tribunal de consulta– en ningún caso integraría un suposto de forza maior susceptible de interferir no nexo causal que apunta a reclamación e que confirma a proba practicada”.

Sentado este razonamiento, se concluye en el dictamen que “resulta incontrovertible que a non realización do implante cando estaba programado privou o paciente dunha maior porcentaxe de posibilidades de supervivencia”.

Ahora bien, frente a la reclamación formulada por los familiares y la propuesta de la administración sanitaria, el Consultivo estima que la indemnizacion económica debe ser mucho menor, ya que lo que debe compensarse es la pérdida de oportunidad del paciente, entendida como “unha certa perda de alternativa de tratamento”.

En este sentido, destaca el dictamen que en el caso que se estudia, el hombre, desde el punto clínico y funcional, estaba estabilizado desde el año 2001 y que su operación había sido fijado de forma electiva, de manera que el alta hospitalaria que recibió tras la suspensión de la misma “estaba justificada”, aun cuando fue poco después de salir del hospital cuando sufrió la crisis cardíaca que determinó su fallecimiento.

La Xunta pagará por la muerte de un paciente en espera de cirugía

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