La Fiscalía solicita la repetición del juicio del crimen de Carral con un nuevo jurado

El Ideal Gallego-2011-10-05-008-d0076247

 d.g. > a coruña
  El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acogió ayer la vista de apelación, promovida por la Fiscalía y la acusación particular, contra la sentencia que absolvió a un joven de Carral, al que un jurado popular declaró el pasado 8 de abril “no culpable” de la muerte de un amigo.
El Ministerio Fiscal ha reclamado la repetición del juicio con un nuevo jurado contra el joven que sí fue condenado a tres años por tenencia ilícita de armas. Por su parte, la acusación particular –que representa a la madre del fallecido–  ha solicitado que se imponga una condena por asesinato.


El joven, originario de la parroquia de Reboredo, fue juzgado en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña como responsable de causar la muerte por un disparo a David Pérez, del que era amigo de la infancia.

Absolución >
En la vista oral del juicio, el acusado declaró que el disparo que causó la muerte a la víctima se produjo de forma fortuita después de que llevara todo el día bebiendo alcohol.
La fiscalía soliticó entonces para el acusado –que se encontraba en prisión preventiva desde los hechos– una pena de 17 años de prisión por asesinato y tres por tenencia ilícita de armas, mientras que el abogado de la familia de David Pérez elevó la petición de pena por asesinato a 20 años y mantuvo la de tenencia ilícita de armas. Aunque ninguna de las dos acusaciones especificó cuál podría haber sido el móvil que llevó al acusado a cometer el crimen.
Precisamente, la falta de un móvil concreto fue en lo que se basó el letrado de la defensa, Víctor Espinosa, para solicitar la libre absolución. Espinosa siempre mantuvo que su cliente no tenía motivos para matar a su amigo y que el disparo se debió a un “lamentable accidente”. El alegato de la defensa y las pruebas presentadas consiguieron convencer al jurado que estimó por mayoría –nueve votos a cero– que la muerte de David Castro había sido fortuita y declaró al acusado “no culpable”. Un veredicto que ratificó la sentencia pronunciada por la Audiencia Nacional el pasado mes de abril.
El joven carralense sí que fue condenado a una pena de 3 años, aunque abandonó la prisión tras el juicio debido a que había permanecido encarcelado desde septiembre de 2009.

Contradictorias > Durante la vista de apelación que se celebró en el TSXG, la Fiscalía argumentó  que en su veredicto de absolución el jurado popular ofreció unas explicaciones “incongruentes, insuficientes y contradictorias”.
Según el fiscal, la ausencia de móvil esgrimida por el jurado para sustentar su decisión no es determinante y sí la “conciencia y voluntariedad” que pudo tener el procesado. Algo similar a lo que ha presentado la acusación particular que en este caso también ha incluido el agravante de “alevosía” para solicitar la condena por asesinato. “Se trata de un ataque súbito e inesperado, en el que existe una intención de eliminar cualquier atisbo de defensa de la víctima”, indicó el abogado de la familia de David Pérez.
Por su parte, el letrado de la defensa, Víctor Espinosa, ha pedido al tribunal que confirme la absolución y ha recalcado que todo lo que dice el veredicto “no es ilógico ni contrario al sentido común”. Espinosa mantiene que todas las pruebas apuntaban a un suceso “accidental”. “Y esas mismas pruebas han estado a disposición del jurado que se ha formado su propia opinión después de escuchar a la defensa y a la acusación”, insistió el abogado.
El acusado –que en la vista de ayer se mostraba abatido– prefirió no hacer declaraciones, aunque durante el juicio insistió en que David era su “mejor amigo” y que el disparo que acabó con su vida de produjo de forma fortuita cuando iba a enseñarle el arma a causa de la cantidad de cervezas, “unas 25 ó 30” que habían ingerido momentos antes.

Una tarde aciaga > Los hechos que se pretenden volver a juzgar tuvieron lugar el 16 de septiembre de 2009, cuando el procesado y Pérez, tras haber pasado el día juntos en varios bares, decidieron desplazarse al domicilio del primero.
El joven decidió ir a buscar ropa para cambiarse y fue entonces cuando encontró la pistola dentro del armario, una Pietro Beretta que, al parecer, le habían regalado en 2004. El procesado alegó que desconocía que el arma estaba cargada y que al manipularla se “disparó sola”, alcanzando a su amigo, que estaba viendo la televisión en el mismo cuarto. La bala impactó en la sien de Pérez y le produjo la muerte instantánea.
El joven ha mantenido su inocencia y destaca la amistad que le unía con la víctima. “Yo no apreté el gatillo para matara nadie, debí de tocarlo y se disparó”, insistió en el juicio oral.

 

La Fiscalía solicita la repetición del juicio del crimen de Carral con un nuevo jurado

Te puede interesar