La Junta Electoral multa a la Marea por el uso partidista de la red municipal

La Junta Electoral multa a la Marea por el uso partidista de la red municipal
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La Junta Electoral de Zona reprochó ayer a Marea Atlántica –actual partido de Gobierno en la ciudad– la utilización de las plataformas de comunicación del Ayuntamiento con fines electorales y le obligó a retirar una noticia, además de ponerle una multa de 600 euros. El fallo del organismo se da después de que el Partido Popular y el PSOE denunciasen que la candidatura de Xulio Ferreiro había publicado tanto en las redes sociales y la página web del Ayuntamiento como a través del canal de información de los parquímetros de la zona ORA una noticia crítica con ambas formaciones. 

Las críticas de los dos partidos, ahora en la oposición, ya hicieron que el Gobierno local modificase este fin de semana el titular. En un primer momento señalaba que “O goberno local lamenta que PP e PSOE volvan unirse de costas aos intereses da cidadanía e paralicen o proceso de municipalización das bibliotecas”, pero la denuncia ante la Junta Electoral llevó a titular “A maioría dos membros do Consello de administración de Emvsa evita que se aborde o proceso municipalización da rede de bibliotecas”.

Sin embargo, el fallo del organismo de control ordena a la Marea que retire la información sobre el consejo de la Empresa Municipal de Vivienda (Emvsa) de las distintas plataformas por entender que “durante el período electoral, los poderes públicos no podrán realizar ninguna campaña institucional que atente contra los principios de objetividad y transparencia del proceso electoral y de igualdad entre los actores electorales”. En el documento, también se recalca, afeando la actitud de la Marea, que es necesaria la “neutralidad política de los poderes públicos en período electoral”. 

“Más allá” de una información 
La junta ha decidido imponer –según entienden los partidos afectados– una sanción de 600 euros, dado que es el máximo que tiene permitido, porque “es incuestionable el carácter municipal de los medios de difusión en los que se contienen las afirmaciones denunciadas”. 

Se le pide al alcalde, Xulio Ferreiro, que “se abstenga de crítica electoralista a los demás partidos, debiendo limitarse en los medios de titularidad pública a una información lo más aséptica posible de la información municipal”. Los miembros de la junta han interpretado que “el supuesto concreto” al que aludió la oposición “ha de calificarse de utilización de medios públicos para censurar la postura de los rivales políticos en determinadas materias, y en pleno período electoral, lo que no es admisible” desde la óptica de la actual Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg). 

El fallo ve una “crítica a otros contendientes políticos” en el contexto de la campaña y una noticia que “va más allá de una mera información sobre el desarrollo de determinadas iniciativas del gobierno municipal y el resultado de unas votaciones”.

La Junta Electoral multa a la Marea por el uso partidista de la red municipal

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