Los estudiantes pueden rescindir el contrato de alquiler por el coronavirus

Los estudiantes pueden rescindir el contrato de alquiler por el coronavirus
El coronavirus ha afectado al mercado inmobiliario y a los pisos de estudiantes | patricia g. fraga

La crisis del coronavirus también se ha visto reflejada en el mercado inmobiliario. En el caso de las viviendas de alquiler destinadas al uso de estudiantes, la situación llegó de forma repentina y sin avisar. Muchos universitarios tuvieron que regresar a sus hogares en cuestión de horas, y hasta hoy todavía no han podido regresar a sus viviendas de alquiler.

Con las clases presenciales canceladas en las universidades gallegas, estos inmuebles han quedado vacíos, pero los jóvenes continúan pagando las mensualidades que restan hasta el fin de contrato. “En estos casos se podría aplicar la cláusula del rebus sic stantibus, que es un principio de derecho que entra en vigor en casos extraordinarios”, indica el director del bufete Caruncho, Tomé & Judel, Ignacio Caruncho.
Según este bufete de abogados coruñés, la cláusula no solo podría ser usada para reducir la renta, sino para rescindir el contrato.  “Si al estudiante se le han acabado las clases, alegando este principio se podría poner fin al contrato de arrendamiento”, sostiene Caruncho. En este caso, lo ideal sería “llegar a un acuerdo con el arrendador, pero en el caso de tener que acudir a los tribunales, es defendible la aplicación de este principio del derecho”, afirma.

Causa extraordinaria
Esta razón de magnitud extraordinaria provoca que “prácticamente el 90% de los jueces diesen la razón a los estudiantes”, relata el director del bufete coruñés. El motivo para haber alquilado el piso “era vivir ahí mientras se desarrollaba el curso académico, por lo que ahora al no haber clase, es comprensible que no quieran mantener en vigor el contrato”, relata. Si bien no se puede asegurar al 100% que los tribunales diesen la razón a los inquilinos, “parece bastante razonable que por esta causa provocada por el estado de alarma los universitarios quieran volver con sus familias”, considera Caruncho.

Otro supuesto en el que se podría aplicar el rebus sic stantibus es en el pago de las rentas de los comercios y establecimientos de hostelería. “Hay muchos arrendatarios que piden reducciones o aplazamientos de los pagos, algo que no ocurre solo en los pequeños comercios, sino también en centros comerciales y grandes compañías”, comenta el abogado coruñés. En estas situaciones, el principio se respalda en “la imposibilidad de disfrutar del local en cuestión”, concluye.

Los estudiantes pueden rescindir el contrato de alquiler por el coronavirus

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