El TSXG culpa al Chuac de realizar un trasplante sin informar del riesgo

El Ideal Gallego-2011-07-26-008-61f79f33

  redacción>a Coruña

  No haber facilitado a un paciente del Complejo Hospitalario Universitario (Chuac) toda la información sobre los riesgos que podía suponer el trasplante renal al que iba a someterse va a costarle a la administración sanitaria gallega 20.000 euros. Es la indemnización que establece el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia en favor de la esposa y las hijas del enfermo, que falleció en abril de 2003, 23 días después de recibir el nuevo riñón.
La sentencia, que revoca una resolución por la que la Consellería de Sanidade descartaba compensar a la viuda y las hijas del fallecido, no culpa al Sergas de haber prestado una inadecuada actuación médica, sino de haber cercenado el derecho del usuario a decidir si someterse o no a la intervención quirúrgica, una vez conocidos los peligros que esta conllevaba, a la vista de su cuadro clínico. “Se trata de valorar el daño causado por la falta de información, el cual constituye un daño moral”, resume.

Contraindicaciones > Tal como reflejaba la esposa del paciente en su demanda, el hombre no fue advertido, antes de firmar su consentimiento a la operación, de que esta tenía “graves contraindicaciones” o de que sus problemas vasculares y de tipo pulmonar “eran un factor de riesgo muy elevado a la hora de trasplantar”.
Así lo estima el tribunal de la sala de lo contencioso administrativo, después de aceptar que justo antes de entrar en quirófano, el enfermo firmó una “autorización para ser trasplantado” en la que aceptaba la intervención “conociendo todos los riesgos que dicha operación conlleva”.
El documento no resulta, a ojos de la sala, suficiente, una conclusión derivada de que en él “no se especifican al menos los riesgos típicos que comportaba” la intervención: “En el presente caso no estamos ante la valoración de un documento que sea breve a la hora de señalar los riesgos típicos que comportaba la operación, sino que (...) se omite una indicación específica sobre los riesgos”.
Esa ausencia de información específica “impide”, según concluye el tribunal de lo contencioso, “saber si la expresión que se inserta en el documento, de que el paciente conoce los riesgos que comporta, se debe a un simple formulismo o una realidad”.
Sentado lo anterior, la sentencia del alto tribunal gallego establece que existió una “pérdida de oportunidad”, puesto que “aun cuando no existiese un tratamiento alternativo con posibilidades de curación, al paciente se le ha privado de la posibilidad de escoger, si no de escoger entre dos tratamientos, sí de someterse al único tratamiento posible o no someterse a él”, una vez ponderados los riesgos.
Como falla el TSXG, al enfermo “se le ha privado de la oportunidad de escoger esta segunda opción, que le hubiese alargado la vida más allá de los 23 días que transcurrieron” entre el trasplante renal y el deceso.


 

El TSXG culpa al Chuac de realizar un trasplante sin informar del riesgo

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