El tribunal concluye que la explosión en la “Extremadura” fue “inevitable”

El tribunal concluye que la explosión en la “Extremadura” fue “inevitable”
el acusado y su letrado, gutiã©rrez aranguren, antes de la vista quintana

Como “un suceso fortuito, absolutamente imprevisible, inevitable” y “totalmente ajeno” a la actuación del jefe de máquinas describe el Tribunal Militar Territorial Cuarto la explosión que en diciembre de 2005 costó la vida a dos tripulantes de la fragata “Extremadura” en el arsenal de Ferrol. Aunque el tribunal ya había adelantado su fallo absolutorio respecto a la posible responsabilidad del teniente de navío Pablo Varela Sánchez en el reventón que aquella noche causó la muerte del cabo primero Francisco Javier Pérez Castrillón y el marinero Erik Noval Gómez, ahora se conocen los argumentos esgrimidos para exculpar al único acusado del accidente.

La resolución establece que las dos muertes fueron consecuencia “del vapor a gran temperatura, originado por el reventón del tubo de caída de la caldera de popa de la fragata”, y que este tuvo su origen en las “grietas de fatiga térmica y de corrosión” que el conducto había desarrollado a lo largo de los años, que provocaron una rotura longitudinal en su pared interna.

Con estas conclusiones, el tribunal estima, en contra de las tesis del fiscal togado y las acusaciones particulares, que las decisiones que el jefe de máquinas adoptó aquella noche y transmitió por teléfono al personal de guardia no causaron la explosión. “No existiendo relación de causalidad entre el obrar del acusado y el resultado de muerte producido, no puede imputarse a aquel la creación de una situación de peligro”, aprecia la sentencia, que por otra parte descarta la posibilidad de que el jefe de máquinas o cualquier otro tripulante pudieran haber previsto los daños “anormalmente profundos” del tubo de caída, solo detectables mediante pruebas metalográficas o de ultrasonido.

 

deslealtad

Ahora bien, una vez justificada la actuación del teniente de navío y las órdenes que dio para atajar la subida de los niveles de cloro que precedió al reventón, el tribunal militar sí censura una decisión, tanto del acusado como del oficial que aquella noche se encontraba de guardia: la de no haber comunicado al comandante la situación “no habitual” por alto nivel de cloro creada tras encenderse las calderas de la nave.

Señala la sentencia que, al omitir esa comunicación, ambos incumplieron “su deber de lealtad” para con su comandante, y en este sentido, se estima que su acción “pudiera ser merecedora de reproche disciplinario”. Para ello se da traslado al mando de la Armada, “al efecto de valoración de los hechos y, en su caso, apertura de los correspondientes expedientes disciplinarios”. n

El tribunal concluye que la explosión en la “Extremadura” fue “inevitable”

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