El Supremo eleva la condena de dos implicados en una paliza a las puertas de un “after hours”

El Supremo eleva la condena de dos implicados en una paliza a las puertas de un “after hours”
10 marzo 2011 página 8 a coruña.- los acusados de una paliza en un "after" aseguran que solo expulsaron al cliente el propietario del pub y el portero negaron los hechos

Hasta los tres años y los tres años y medio de cárcel ha elevado el Tribunal Supremo las condenas del portero y el propietario de un local “after-hours” de la calle del Magistrado Manuel Artime por la agresión que en marzo de 2006 le costó a un cliente la pérdida del bazo, entre otras lesiones. Los dos acusados habían sido condenados por la Audiencia Provincial a una pena reducida, de un año y nueve meses y dos años de prisión respectivamente, al tenerse en cuenta la excesiva dilatación del procedimiento judicial, pero ahora, el Supremo estima el recurso presentado por el perjudicado e incluye en el fallo la concurrencia de una circunstancia agravante, como es el abuso de superioridad, para corregir la primera sentencia.

Se introduce esta conclusión a la vista de los hechos que se vieron probados desde el principio, en los que se hacía constar que el cliente fue expulsado de forma violenta por el vigilante de la puerta por indicación del dueño del establecimiento y que, ya fuera, fueron varios trabajadores del pub, entre ellos los dos acusados, los que le propinaron patadas y puñetazos por todo el cuerpo.

El perjudicado, que fue expulsado del pub a golpes, perdió el bazo en la agresión

Fue en ese contexto que el denunciante recibió del portero encausado lo que la Audiencia definió como una “brutal patada directa en el vientre”, que le causó la rotura del bazo y le hizo caer al suelo sin conocimiento.

Además de la pérdida del órgano, calificado a la hora de establecer el delito como un miembro “no principal”, el herido sufrió la fractura de una costilla y contusiones en la cara, la parrilla costal y el abdomen y tuvo que ser sometido a tratamiento por presentar un síndrome de estrés postraumático. Consecuencia de la intervención quirúrgica a la que tuvo que ser sometido, conserva una cicatriz postquirúrgica de 15 centímetros.

 

indemnización

La primera sentencia impuso a los dos trabajadores del “after-hours” el pago de una indemnización en favor de la víctima de 27.000 euros, compensación que se mantiene en la nueva sentencia del Supremo en atención, según se explicita, a las lesiones, las secuelas y los daños psíquicos del perjudicado, que había reclamado una cantidad sensiblemente superior, de 85.000 euros.

El hecho de que, antes de celebrarse el juicio –en marzo del año pasado, el portero acusado indemnizase al cliente con 10.500 euros es la causa de que en su caso la sentencia sea más leve que la de su compañero de banquillo, dado que, en su caso, se estima que concurre la circunstancia atenuante de reparación del daño, que lleva a establecer la condena en los mínimos legales para este delito. n

 

El Supremo eleva la condena de dos implicados en una paliza a las puertas de un “after hours”

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