El Supremo anula una sentencia de la Audiencia contra cinco clanes de droga

Una decisión “improcedente” de la sección segunda de la Audiencia coruñesa ha llevado al Tribunal Supremo a anular la sentencia por la que el órgano provincial impuso en 2011 penas de entre tres y cuatro años de cárcel a cuatro integrantes de cinco clanes dedicados al tráfico de estupefacientes en A Coruña y Pontevedra. La resolución, que acaba de dictar la sala de lo penal, responde a un recurso de la Fiscalía, que denunció ante el alto tribunal la vulneración de sus derechos ante la negativa de la Audiencia a presentar en aquel juicio una calificación de los hechos alternativa.

Como argumentaba el Ministerio Público, ante la petición de acusar, de forma subsidiaria, a las 15 personas enjuiciadas por dos delitos de tráfico de drogas ye integración de grupo criminal relacionados “en concurso real” , en lugar de por delitos separados, los magistrados ni siquiera se pronunciaron. De este modo, entendía el recurrente, se atacaba “al derecho fundamental a una tutela efectiva”, ya que, a ojos de la acusación pública, esa calificación hubiera sido “más favorable” a los procesados.

 

en dos provincias

La sentencia que se dictó sin dar al fiscal oportunidad de ofrecer una visión alternativa de los delitos fue la culminación de una operación policial desarrollada en 2006, que llevó a juicio a una quincena de personas por su supuesta vinculación a los cinco grupos delictivos investigados; estos se repartían, como indicaba la sentencia, por Coristanco, Cambre, A Coruña, Sigüeiro y Pontevedra, y estaban dedicados a la distribución de cocaína y heroína a consumidores y pequeños traficantes de las dos provincias.

Ahora, el fallo del Supremo obliga a la Audiencia coruñesa a retrotraer sus actuaciones hasta el momento anterior a la fase de conclusiones definitivas del juicio –al término de las declaraciones y la práctica del resto de la prueba llevada ante el tribunal–, por entenderse que la decisión de los magistrados ante la demanda del fiscal no estuvo “debidamente fundamentada”.

Esto implicará, tal como solicitaba el Ministerio Público, una nueva sentencia, que deberán redactar los mismos magistrados que formaron parte del tribunal hace dos años.

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