El acusado de violar a su madre sale absuelto de agresión sexual y condenado por lesiones

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 a. barbadillo > a coruña
  Sin más pruebas de culpabilidad que el relato de la víctima, la Audiencia Provincial ha absuelto de un delito de agresión sexual al hombre juzgado hace un mes por la violación de la que lo acusó su madre. La sentencia le impone, no obstante, tres años de cárcel y seis de alejamiento, al entender que la declaración de la denunciante sí tiene respaldo en relación a la paliza que, afirmó, le propinó su hijo hace poco más de un año en la vivienda en que reside en Perbes (Miño) antes de abusar de ella.

Esa doble interpretación de la declaración de la perjudicada no supone, a ojos del tribunal de la sección primera de la Audiencia, ninguna contradicción. Porque aunque existen indicios que corroboran la versión de la mujer sobre el modo en que se rompió cinco costillas y se abrió la cabeza, no ocurre lo mismo en cuanto al ataque sexual, del que no quedó ninguna huella.
Si bien es cierto que la quincuagenaria habló de esa agresión sexual dos días después de ser ingresada con golpes en todo sucuerpo, ni la exploración ginecológica a la que se la sometió dio con ninguna marca de esa agresión, ni tampoco se encontraron restos de semen, ni marcas de agarrones, aún cuando la denunciante hablaba de una relación sexual completa y “a lo bestia”. Tampoco aparecieron restos biológicos del acusado en la ropa interior de la víctima, pese a que en su relato ella afirmaba que para violarla, su hijo la había echado sobre la cama y le había sacado la braga que llevaba puesta.

Caída > No sucede lo mismo, indica la sentencia, en lo referido a las lesiones que sufrió la mujer, y que, según se entiende probado, fueron obra de su hijo. En este caso, son varias las pruebas que apuntan a que los golpes tuvieron un origen externo y no fueron, como alegaba el acusado, producto de una caída de su madre en el baño a causa de su embriaguez.
La primera de ellas es, según se recoge en la resolución de la Audiencia, la propia naturaleza de las contusiones, que le costaron fracturas en cinco costillas y una brecha en la cabeza. Preguntado a ese respecto en el juicio, el médico forense consideró más plausible la intervención de una o varias personas en ellas, aunque admitió como posible que pudieran haberse producido con una caída desde cierta altura o “con inercia”.
A mayores, la víctima presentaba excoriaciones que, a ojos del tribunal, “son las propias de haber sufrido un arrastre”, y encajan mejor con la posibilidad de una agresión que de una caída. De igual modo, los magistrados descartan que la herida incisa en la cabeza pudiera habérsela causado al recostarse la perjudicada sobre la cama y golpearse con el cabecero, tal como afirmó su hijo durante la vista.
En su declaración, el hombre negó haber tocado a su madre más que para prestarle ayuda, después de haber escuchado un ruido seco en el cuarto de baño y haberla encontrado tirada. Sin embargo, destaca la sentencia que no había ningún resto de sangre en el baño, y sí en el dormitorio de la mujer, donde además se encontraron, bajo la cama, los colgantes y medallas que llevaba puestos, rotos y forzados.

“Falta de interés” > Otro detalle que sorprende al tribunal es la ausencia de este hijo en los días posteriores al ingreso de su madre. Según su testimonio judicial, ese fue su único mal acto, dejar sola a su progenitora en casa después de ayudarla a ir a la cama y limpiarle la sangre, y tras haber alertado a un hermano del accidente sufrido.
Frente a este argumento, la Audiencia ve “significativa” la “falta de socorro e interés” del hijo hacia su pariente, ya que no solo se ausentó en el momento posterior las lesiones, sino que tardó varios días en preocuparse por ella, según constató un agente de la Guardia Civil, al señalar que “se tardó en localizarle”. Ello, entienden los magistrados, “se compagina mejor con un interés de huir por parte del procesado ante una conducta ilícita por su parte”.
Estas evidencias llevan a la Audiencia a entender probada la existencia del delito de lesiones, que se ve agravado por el parentesco entre víctima y agresor.

 

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