La defensa del parricida de Oza insiste en alegar que tuvo un “brote psicótico”

La defensa del parricida de Oza insiste en alegar que tuvo un “brote psicótico”
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La defensa de  Marcos. M.M., el hombre condenado a prisión permanente revisable por matar a su hijo de once años con una pala durante el Día de la Madre de 2017 en un bosque de Oza-Cesuras, volvió a alegar ayer en su vista de apelación en el Tribunal Superior de Xustiza que actuó bajo la influencia de un “brote psicótico”, por lo que su abogada considera se le debería aplicar un atenuante a su pena.

La postura de la defensa es que no se le practicó un análisis psiquiátrico en condiciones hasta mucho después de su detención, y que su historial psiquiátrico incluye trastornos como depresión. La abogada sacó a relucir las declaraciones de los testigos que vieron al condenado poco después de que matara a su hijo, y que sugieren un estado de ánimo alterado. Por ejemplo, una de ellas aseguró que “miraba al aire” y que estaba empapado en sudor. Tanto, de hecho, “que daba asco”. 

Además, el condenado siempre insistió en que no recordaba nada de las circunstancias en las que había cometido el asesinato del niño, que tenía bajo su custodia por el régimen de visitas. Por último, tenía problemas de salud, estaba medicado y, además abusaba del alcohol, por lo que la defensa concluye que existe por lo menos voluntad alterada. 

En el recurso presentado ayer, la defensa también pide que se tome en consideración como atenuante que el condenado “confesó la infracción a las autoridades”, ya que dirigió a los agentes al lugar del cadáver, y que ha procedido a “reparar el daño ocasionado a la víctima”, su exmujer.

Sometido a examen 
Pero la defensa ha reiterado, como ya había hecho durante el juicio en la Sección Primera de la Audiencia Provincial, que su cliente tenía reconocidas, al menos, siete enfermedades psiquiátricas previas. Por su parte, la acusación recordó que había sido sometido a examen tanto por forenses, como por psiquiatras, así como por la médica de la ambulancia del 061 que la atendió por primera vez.

Durante la celebración del juicio, los peritos aseguraron que el condenado “sabía lo que hacía” y no había sufrido un brote psicótico en el momento de los hechos y que no mostró arrepentimiento., sino que alegó que había olvidado todo lo ocurrido. Por eso el condenado fue sentenciado como autor de un delito de asesinato con alevosía, agravado porque la víctima era menor de 16 años, concurriendo las agravantes de parentesco y de género, en concurso medial con un delito de lesiones psíquicas a su exmujer. La Audiencia también le impuso la prohibición de aproximarse a menos de 1.500 metros de su exesposa y de comunicarse con ella.

La defensa del parricida de Oza insiste en alegar que tuvo un “brote psicótico”

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