La creación de la Real Escuela de Náutica y sus ordenanzas para los estudiantes

La creación de la Real Escuela de Náutica y sus ordenanzas para los estudiantes
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Corría el día 5 de febrero del año 1781, cuando en A Coruña, José Garrido, piloto y maestro de la Escuela de Náutica, se estableció en la ciudad, para impartir las enseñanzas arregladas a la instrucción de Náutica.

Garrido era piloto en la clase de primeros del número de la Real Armada, se hallaba jubilado y fue el maestro de escuela que estableció la de Náutica en este pueblo. Garrido envió al Ayuntamiento una propuesta en la que indicaba que la casa proporcionada no se hallaba en un sitio adecuado, ya que, para la mejor enseñanza en la materia, ésta debería tener un frente hacia la Marina, ya que todas las escuelas de esta facultad eran así.

Aún así, Garrido comunicaba al Ayuntamiento que subsistiría en la que habitaba en el momento, a pesar de la falta de comodidad, por estar todas las clases en una sala, sin las separaciones correspondientes. Así, libraba al dueño de ella, pagándole el alquiler, hasta que se le proporcionara la que él necesitaba, en los términos antes referidos.

Todo aquel alumno de la institución que hubiera sido reprendido en dos ocasiones, podría ser expulsado de la misma en caso de que fuera hallado reincidiendo 
en sus faltas

Igualmente, Garrido incluía los dos documentos adjuntos que le pedía la Instrucción, el Método y las Reglas que se practicaban en estas escuelas del Rey, arregladas en las Reales Ordenanzas de Marina.

Instrucción que debería observar en la Escuela de Náutica de la M N y L Ciudad de la Coruña según las Reales Ordenanzas de Marina y tendría presente todo concurrente a ella.

 

Artículos de la institución

El primer artículo señalaba que no se admitiría ningún individuo que sea de extracción sórdida y cuyo traje fuera indecoroso e indecente. Tampoco aquellos que voluntariamente no eligieran esta carrera o facultad, o no supieran escribir.

El segundo indicaba que en la escuela se mantendría silencio, recato y la compostura debida. Mientras que el tercero decía que, siempre que entrara alguna personas de carácter, o alta estimación, todos se levantarían del asiento, hasta nueva orden del maestro. La política y costumbre, según el artículo cuatro, debía mantenerse también fuera de la escuela.

Según el quinto, todo aquel vicioso o inaplicado que fuese reprendido una segunda vez, sería despedido si reincidía.

La mejor armonía posible con los individuos de las demás escuelas y cátedras estaba resuelto por el artículo seis. Mientras que el siete decretaba que los discípulos pagarían 30 reales de vellón al maestro por su enseñanza todos los meses, sin diferencia de clases.

Los estudiantes deberían pagarle al maestro por su enseñanza, concretamente, 30 reales de vellón todos los meses, sin ningún tipo de diferencia por cuestión de clases

Por último, el octavo artículo de la Ordenanza señalaba que, el maestro, debería ofrecerse a enseñar, sin recompensa alguna, a cuatro muchachos pobres, que le serían señalados por la propia ciudad. De estos cuatro, uno debería ser hijo de un vecino del casco de la ciudad, dos del arrabal de la Pescadería y el otro de puertas a fuera de la ciudad.

 

Reglas de enseñanza

Desde el 20 de marzo, hasta el 23 de septiembre, se entraría en la escuela a las 08.00 horas y se saldría a las 10.00 horas, mientras que, por la tarde, se entraría a las 15.00 y se saldría a las 17.00 horas. Del 24 de septiembre al 19 de marzo, el horario sería de 09.00 a 11.00 horas por la mañana, y de 14.00 a 16.00 por la tarde.

Las vacaciones eran los jueves; los días de los Patronos de las iglesias y capillas de la ciudad; el día dedicado al Rey; el día de San Pedro González Telmo, patrón de los marineros; y los días desde la semana de Dolores hasta la Pascua de Resurrección.

La escuela contaba con tres salas. La primera, donde se impartía la Aritmética inferior, la Cosmografía, la Astronomía y la Geografía. En la segunda se enseñaba el “Arte de Navegar”, Geometría, Trigonometría y “Problemas Astronómicos”. Por último, la tercera sala se dedicaba a levantar, construir, delinear y lavar planos; a enseñar “Cartas de Marear y otros Instrumentos anexos”; a las explicaciones de maniobras marítimas; y a las derrotas de los bajeles, junto a otras curiosidades de la profesión.

 

Arrendamiento

El 16 de marzo de 1781 se acordó arrendar a Pedro de Matos, por un alquiler de 200 ducados al año, una habitación en la casa que habitaba el mismo maestro, ya que no había ninguna desocupada frente al mar, mientras que también pedía una ayuda a la ciudad de 300 reales.

Durante el tiempo que permaneció en funcionamiento esta Real Escuela de Náutica, fueron muchos los alumnos que pasaron por sus aulas.

La creación de la Real Escuela de Náutica y sus ordenanzas para los estudiantes

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