Abusó de su hijo desde que apenas tenía cuatro años hasta que cumplió siete. Lo hizo, según la sentencia que le condena a más de 15 años de prisión, de forma “muy frecuente”, aprovechando cuando se quedaban a solas pero también cuando había gente en casa, tanto cuando convivía con su mujer como cuando se separó de ella. Incluso, en ocasiones, haciendo partícipe a un segundo adulto con el que mantenía relaciones sexuales.
Los detalles de todo ello se recogen en la sentencia que acaba de emitir la Audiencia Provincial, y por la que se condena a un treintañero residente en Miño por delitos de agresión sexual continuada contra su descendiente y de utilización del menor para la elaboración de material pornográfico. La resolución recoge además otros puntos del relato que el pequeño tanto a los médicos forenses que lo examinaron como a los magistrados y que, a ojos de estos, resultan esclarecedores para probar la culpabilidad de su padre.
poses y películas
Sin embargo, no fue con ninguno de estos especialistas, sino a su madre, con quien la víctima se confesó por primera vez. Tal como recoge el dictamen, lo hizo cuando teniendo siete años y después de que esta descubriera, de forma accidental, unas fotografías en una tarjeta de memoria donde el menor aparecía posando desnudo.
La confesión del menor, que llegó a explicar las posturas que el acusado le mandaba adoptar para salir en las fotos o las “pelis porno” que le forzaba a imitar, motivó la denuncia y resulta una prueba fundamental para sustentar la condena del progenitor. En este aspecto, el tribunal resalta su credibilidad, y descarta los argumentos con el que el hombre trató de exculparse, aludiendo a la “manipulación” de la que podría haber sido objeto el niño a manos de la madre, con la que mantiene malas relaciones. En el juicio, el acusado negó incluso ser autor de las fotos que destaparon el caso y adujo que estas podrían haber sido tomadas por una amiga de su hijo, algo que el tribunal descarta a la vista de la corta edad de los menores.
Pero además del testimonio, la sentencia echa mano de otras cuestiones que sirven a los magistrados para corroborar la versión del menor, como el cambio conductual que sufrió en aquellos años, sus trastornos del sueño, o la relación que lo une con padre, que los especialistas califican como de “sentimientos contrapuestos de afecto y rechazo”.
Por las secuelas psíquicas que padece, y que según la sentencia se encuentran “en fase de remisión”, el fallo establece en su favor una indemnización de 40.000 euros. A su pago, y a los 15 años y dos meses de prisión, se añade la retirada de la patria potestad durante nueve años y la prohibición de verse o comunicarse con el niño durante 18. n