El Supremo avala la sentencia del TSXG que anula 18 urbanizaciones en Curtis

El Supremo avala la sentencia del TSXG  que anula 18 urbanizaciones en Curtis
23 septiembre 2010 página 23 Curtis.- El gobierno local construirá un párking en el entorno de la iglesia de Fisteus La parcela expropiada tiene una superficie de 7.000 metros cuadrados

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso del Ayuntamiento de Curtis contra la sentencia del TSXG que, con fecha de 6 de octubre de 2010, estimaba parcialmente el contencioso-administrativo interpuesto contra el Plan General de Ordenación Municipal y anulaba las determinaciones para el suelo urbano no consolidado previsto en el documento urbanístico aprobado por la Consellería de Política Territorial en 2007, afectando al desarrollo de 18 urbanizaciones.
La Xunta, que se personó en la causa como parte recurrida, no planteó oposición al recurso de casación promovido por el gobierno de Caínzos Vázquez.
Los demandantes, las sociedades Galaico Mexicana de Promociones y Elmac 2003 SL,  solicitaban que se declarase nulo o anulable el PGOM, la apertura de un nuevo trámite de información pública del expediente, y que se les reconociera a ambas el derecho a que los terrenos de su propiedad mantengan la clasificación de suelo urbanizable industrial, como recogían las anteriores normas subsidiarias de planeamiento, del año 1982.
El Tribunal Superior de Xustiza no entendió necesario anular todo el PGOM, sino únicamente el suelo urbano no consolidado al entender que incumple la ley gallega de suelo que obliga a reservar suelo para vivienda protegida, como mínimo un 20%.
Notificada la sentencia de 6 de octubre de 2010 a las partes, el Ayuntamiento de Curtis preparó recurso de casación contra ella por nueve motivos, de los que cuatro no fueron admitidos, y los otros cinco, relativos a falta de claridad de la sentencia, a la reserva de suelo para vivienda protegida, a el hecho de que la sentencia pudiera incurrir en incongruencias o que hubiera infracción de jurisprudencia, fueron posteriormente desestimados por el Tribunal Supremo.
El Ayuntamiento de Curtis explicó que la sentencia “no tendrá ninguna repercusión económica” y que, al menos de momento, tampoco se ha actuado en suelo urbano no consolidado por lo que no supone ningún problema, apuntaron fuentes del gobierno local de Javier Caínzos. Más aún cuando, a raíz de la sentencia del alto tribunal gallego se dieron los pasos necesarios para su cumplimiento respetando el porcentaje de reservas de suelo para vivienda protegida que establece la disposición vigente en Galicia.
Entonces, la administración municipal tramitó una tercera modificación del Plan General de Ordenación Municipal

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