Condenado a un año de cárcel un trabajador municipal por un delito de apropiación indebida

Condenado a un año de cárcel  un trabajador municipal por un delito de apropiación indebida
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El Juzgado de lo Penal número dos de A Coruña ha condenado a un año de cárcel a Daniel María Balsa Ramos, trabajador del Ayuntamiento de Sada, por un delito de apropiación indebida, tras haber probado que en 2009 ingresara en su patrimonio personal las cantidades correspondientes a la recaudación de las escuelas y campamentos de verano. Más de 17.000 euros. La sentencia se dictó el 15 de septiembre, después de que el juicio se iniciara en junio de este año. 
Balsa, que había sido denunciado por el Ayuntamiento, acusación a la que se sumó el Ministerio Fiscal, fue contratado solo un año antes de lo sucedido por la administración sadense como trabajador fijo en el departamento de Xuventude. Durante los hechos el Gobierno local estaba presidido por Abel López Soto (BNG) en un bipartito con el PSOE, partido este que a través de la concejala Raquel Bolaño dirigía el área en el que trabajaba este empleado.
Como relata el auto del juez José Antonio Vázquez Taín, las funciones del ahora condenado pasaban por cobrar las cantidades correspondientes a las inscripciones de los interesados en esas actividades de verano organizadas por el Consistorio, “debiendo ingresar dichas cantidades en las cuentas municipales”. 
No obstante, explica, “el acusado, actuando con ánimo de conseguir un ilícito beneficio, durante el año 2009, ingresó en su patrimonio las cantidades cobradas”, que eran exactamente de 7.725,50 euros por las escuelas y 9.437,50 por los campamentos. En total, 17.163 euros.

falta de pruebas de 2008
El Ayuntamiento interpuso la denuncia el 6 de noviembre de 2009 y menos de un mes y medio después, Balsa Ramos procedió a devolver el dinero adeudado, acudiendo para ello a la cuenta bancaria municipal.
La sentencia, en cuyo fallo además del año de prisión se condena al trabajador a la “accesoria inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo” durante el tiempo de la pena, se le exime de un delito similar el año anterior, en 2008, por la falta de pruebas.
En este sentido, el Ayuntamiento trató de acreditar, con una serie de informes internos, las cuotas correspondientes a las actividades de verano de 2008 y que no fueron ingresadas en la cuenta de la administración.
No obstante, el magistrado subraya que “dichas pruebas no son más que indicios, es decir, no se trata de pruebas directas”, existiendo además, añade, “otros indicios que las contradicen”.  El juez reprocha de este modo al Consistorio este hecho, señalando que “sorprende que la intervención del Concello note la falta del dinero correspondiente al año 2009 y, sin embargo, no detecte la falta del dinero correspondiente a 2008”, cuando lo “lógico” es que “primero se detectase la falta del año anterior”.
Sí abre la puerta Vázquez Taín a que el acusado “tuviese alguna disposición sobre él (el dinero de 2008), e incluso que se hubiese apoderado de alguna cantidad, pero difícil determinar de cuál”.

decreto
El fallo del juzgado coruñés entró por registro en el Ayuntamiento de Sada el 7 de octubre. Al mes siguiente, el 19 de noviembre, el alcalde, Benito Portela, firmó un decreto en el que se informa de la incoación de expediente para “o despedimento disciplinario” de Daniel María Balsa Ramos.
“É obvio que (os feitos) poden e deben ter efectos laborais polo gravísimo incumprimento contractual que representan, que pode ser cualificado como transgresión de boa fe contractual e abuso de confianza”, indica el decreto, que habla de “grave deslealdade”. Por último, el escrito informa del nombramiento del secretario municipal como instructor del procedimiento.
Hay que recordar que Balsa Ramos estuvo suspendido de empleo y sueldo durante tres años (2010-2013) por ausentarse injustificadamente –tras conocerse la apropiación del dinero– durante un mes de su trabajo.

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