Abegondo - Intervención asegura que el caso Patín no afectó al estado del erario municipal

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  El interventor del Ayuntamiento de Abegondo afirma que el denominado caso Patín, en el que se está involucrada la exconcejala Cristina Rabón, no afectó al estado de las cuentas municipales.
El funcionario señaló, durante la sesión plenaria que se celebró en la casa consistorial, que el erario público es ajeno a una instrucción policial que trajo consigo que la anterior responsable del departamento de Deportes decidiese no presentarse a las elecciones que se celebraron en mayo.
El interventor respondía así a la solicitud del concejal de APdA  Juan José Rocha, que solicitaba que una comisión investigase si el caso fue un episodio de malversación de caudales públicos. Un extremo que el funcionario no entró a valorar, aunque quiso dejar claro que en todo caso no pertenecerían al Ayuntamiento.
Rocha realizó la petición cuando la corporación debatía la creación de una comisión que deberá encargarse de investigar todos los reparos de Intervención que se produjeron durante el pasado mandato.
Por su parte, la portavoz de la formación política independiente AxA, Fátima Ínsua, dudó de la necesidad de esa comisión y retó al alcalde de Abegondo, José Antonio Santiso, a remitir a la Fiscalía las cuentas municipales si tenía constancia de que ella, durante la época que formó parte del equipo de gobierno, había cometido alguna ilegalidad. Cuestión esta última que desestimó el regidor, por el momento.

Reglamento > Por otra parte, en la sesión plenaria de ayer también se aprobó el Reglamento Orgánico Municipal (ROM).
Se trata, según informaron fuentes del gobierno local, del primero de la historia del municipio y regula la organización y funcionamiento del Ayuntamiento, aplicando la potestad de autoorganización que le confiere la Ley de las Bases de Régimen Local. El texto dicta por tanto las normas sobre cuestiones como el funcionamiento de los órganos del Ayuntamiento, los derechos y deberes de los concejales, la conformación de los grupos políticos o la participación de los vecinos.
En el apartado del pleno de la corporación, se aprobó una medida para favorecer a los concejales en casos de maternidad o paternidad. Aquellos ediles que estén de baja por estos motivos podrán ejercer su derecho a voto, en los casos de votación por llamamiento público que contempla de forma obligatoria la legislación. En este caso se encuentran las votaciones por mociones de censura o cuestiones de confianza, por ejemplo. De esta forma, el voto de estos concejales será válido aun sin estar presentes en la sesión del pleno convocada.
El reglamento también ordena los debates plenarios. El orden de intervención de los grupos comenzará por el mixto, si lo hubiere, cualquiera que sea el número de sus miembros, y continuará con la de los restantes grupos políticos, según el número de miembros que lo integren, de menor a mayor.
El debate lo cerrará el alcalde o concejal con competencia en la materia debatida.

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