El testamento de José Luis Alonso dictará el destino de los 4,7 millones de euros de la Primitiva de A Coruña
Dos familias, un lotero y hasta el Estado podían resultar beneficiados con el importe del boleto millonario

El juicio de la Primitiva millonaria se celebró tras una de las investigaciones más complicadas que se recuerdan en A Coruña. Catorce años después de que el premio recayese en la ciudad y fuese comprobado dicho boleto en la administración de San Agustín, en abril comenzó el proceso que trataría de dar respuesta a todo un enigma. ¿Quién se llevaría los 4,7 millones de euros? ¿La familia de José Luis Alonso, a quien la policía considera el legítimo propietario, ya fallecido? ¿Manuel Ferreiro, el reclamante que había sido descartado en la investigación? ¿El lotero, en caso de quedar libre? ¿O el Estado, si los magistrados no daban por probado la legitimidad de ningún propietario?
La sentencia dada a conocer este jueves, además de condenar al lotero Manuel Reija y absolver a su hermano Miguel, delegado de Loterías y Apuestas del Estado en A Coruña, pone sobre la mesa el destino del premio. La Fiscalía, representada por Olga Serrano, y las acusaciones particulares de la hija y viuda de Alonso, reclamaban que el boleto agraciado y custodiado a día de hoy en la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (Selae) se le entregase a las herederas del presunto propietario, que perdió la vida sin saber que había resultado ganador de una Primitiva millonaria. En caso de no poder cobrarlo, solicitaban que fuesen los acusados los que abonasen los 4,7 millones de euros.
La sección segunda de la Audiencia Provincial, en su sentencia, detalla que, en concepto de responsabilidad civil, el lotero condenado deberá abonar, conjunta y solidariamente con la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (Selae), el dinero del premio.
La Audiencia especifica que, otorgada la titularidad del boleto, no puede entregárselo para su cobro a la viuda e hija del dueño, José Luis Alonso, pues debe ir a la masa hereditaria de su propietario, por lo que se procederá "en virtud de sus disposiciones testamentarias". Es decir, la sentencia no cuestiona que el legítimo propietario sea Alonso, sino que el dinero debe ir a su masa hereditaria para que, después, se proceda según lo que reza su testamento. Como la sentencia todavía no es firme y cabe recurso, el dinero no irá a manos de esta familia, todavía.













