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A Coruña

Condenados los gestores de Alu Ibérica por llevarla a la quiebra

Tendrán que pagar 19,6 millones de euros

Fábrica de Alu Ibérica en A Coruña
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El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo ha declarado como culpable el concurso de Alu Ibérica, que conllevó el cierre de las antiguas instalaciones de Alcoa en Avilés y A Coruña, que sumaban casi 600 trabajadores, y ha condenado a sus administradores al pago de un total de 19,6 millones de euros.

El fallo, que representa la primera sentencia por la gestión de la empresa aluminera a la espera del proceso penal abierto en la Audiencia Nacional, condena a Luis Losada Gómez y Joachim Magin, como administradores de derecho, y a Víctor Rubén Doménech y Alexandra Camacho, como administradores de hecho, los tres últimos en situación de rebeldía procesal.

La sentencia impone el pago de 6,1 millones de euros "por la salida fraudulenta de bienes" de la empresa concursada y de otros 13,5 millones "en concepto de daños y perjuicios", es decir, un total de 19,6 millones de euros.

El Juzgado de lo Mercantil también condena como cómplice a la mercantil Blue Motion Technologies, también en rebeldía procesal, por lo que deberá participar en el pago de forma conjunta y solidaria junto con el resto de afectados por la calificación de culpabilidad del concurso.

Alcoa acordó en julio de 2019 la venta de sus instalaciones en Avilés y A Coruña a la sociedad Blue Motion Technologies, integrada a su vez en el grupo suizo Parter Capital.

Posteriormente, la antigua Alcoa, ya con la denominación de Alu Ibérica, fue vendida en abril de 2020 al vehículo de inversión System Capital Mangement (actual Iberian Green Aluminium Company), integrada en el Grupo Industrial Riesgo.

La Audiencia Nacional propuso en enero del pasado año juzgar a ocho personas, entre ellas las cuatro condenadas por el Juzgado de lo Mercantil de Oviedo, por las presuntas irregularidades en el proceso de venta de las plantas con el fin de descapitalizarlas y desviar sus activos hacia su patrimonio personal y estructuras societarias creadas para ello.

La jueza entiende que los hechos son constitutivos de delitos de apropiación indebida o administración desleal, insolvencia punible, blanqueo de capitales y constitución o pertenencia a organización o grupo criminal.

La causa se inició por una querella presentada por la Confederación de Cuadros Profesionales ante el proceso de venta de dichas plantas de producción de aluminio de Alcoa Inespal teniendo en cuenta la situación económica que atravesaban. 

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