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A Coruña

Condenado a once años de cárcel el hombre que apuñaló a su pareja en la calle Tornos

Los hechos se produjeron en 2023 delante del hijo de tres años de ambos

Audiencia Provincial de A Coruña
Audiencia Provincial de A Coruña
Germán Barreiros
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La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a once años y medio de prisión a un hombre por intentar asesinar a su pareja en el domicilio que compartían. El tribunal, que ha apreciado la agravante de parentesco, también le ha impuesto el pago de una indemnización a la víctima de 41.836 euros.

Según fuentes judiciales, la Sala considera probado que, el 27 de noviembre de 2023, el acusado apuñaló a la víctima en el abdomen con un cuchillo de cocina, “de forma totalmente inesperada y sorpresiva”. La mujer, según destacan los magistrados, logró sobrevivir gracias a la rápida intervención médica. El tribunal entiende acreditado el dolo homicida y la alevosía, en su modalidad de sorpresiva y convivencial.

El sujeto apuñaló a su mujer delante de su hijo, de tres años, y la propia víctima fue la que telefoneó a las autoridades. Según explicó la propia afectada a las autoridades, la agresión habría tenido lugar después de una discusión en la que ella le habría echado en cara una supuesta infidelidad.

Los jueces explican que, además del “persistente relato” de la víctima, cuentan con “abundantes y contundentes elementos corroboradores periféricos”, tales como las declaraciones de los vecinos del inmueble y de los agentes policiales, así como el informe médico forense, el cual “evidencia claramente la existencia de unas lesiones inciso penetrantes absolutamente compatibles en cuanto a su etiología con la declaración de la denunciante”. Descartan, por tanto, que la víctima se autolesionase, como sostuvo el procesado.

Además de la pena de cárcel, los magistrados le han impuesto la prohibición de aproximarse y de comunicarse con la víctima y su hijo menor durante 20 años, la privación de la patria potestad respecto de los tres hijos comunes y la expulsión del territorio nacional una vez cumplidos siete años de condena, con prohibición de entrada en España durante 10 años.

El tribunal ha absuelto al acusado de los delitos de maltrato en el ámbito de la violencia de género, agresión sexual intentado y leve de injurias, pues carece de prueba suficiente.

La sentencia no es firme, pues cabe recurso ante el TSXG.

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