INFORMACIÓN Y OTROS DERECHOS

En poco más de dos meses el Tribunal Constitucional (TC) ha condenado en tres ocasiones a la cadena de televisión más vista en nuestro país, es decir, Telecinco, por otras tantas vulneraciones al derecho al honor, a la intimidad personal y a la propia imagen, garantizado en el artículo 18 de nuestra ley fundamental.
Primero fue a raíz del recurso de amparo presentado por el exministro Álvarez-Cascos, con ocasión de un reportaje sobre su vida privada emitido en el programa “Crónicas marcianas”. Después llegó el amparo otorgado a Gonzalo Miró Romero, hijo de la fallecida Pilar Miró, frente a la intromisión en su derecho a la intimidad personal y familiar que supusieron determinadas informaciones sobre la identidad de su padre en el programa “Aquí hay tomate”. Y de hace unos días es la condena por violación al derecho al honor, a la propia imagen y a la dignidad de un discapacitado en el espacio “Crónicas marcianas”.  
Se trata –es cierto– de hechos sucedidos entre 2002 y 2005. Pero la tónica de la cadena no ha variado sustancialmente de esos años acá y ello da fe de la alegría con que algunos operadores, auténticos maestros de la telebasura, funcionan habitualmente en busca de audiencia e ingresos publicitarios. Es de subrayar que las tres decisiones del alto tribunal han sido acordadas por unanimidad, con ponentes de distintas sensibilidades, y han supuesto la nulidad de sentencias previas del Tribunal Supremo.
De todo ello se deduce que en situaciones de colisión entre el derecho a la información y los derechos reconocidos en el artículo 18 de la Constitución, el TC se viene mostrando más exigente cuando los hechos no revisten relevante interés público. Por no hablar de cuando son falsos, como en el caso de la presentadora María Teresa Campos, condenada hace unas semanas por el Supremo a raíz de haber dado por buena en la desaparecida  Punto Radio una noticia recogida del “Aquí hay tomate” sobre la supuesta separación del matrimonio Aznar-Botella.
Dicen los expertos que uno de los problemas de mayor complejidad es la colisión de derechos protegidos en su ejercicio por el ordenamiento jurídico. Es lo que sucede con los derechos antes referidos y el derecho a la libre información. Unos y otros con naturaleza de fundamentales. Se entra así en un terreno de perfiles y decisiones muy delicados. Pero es quizás el terreno en donde más falta hacen prudencia, equilibrio y claridad de ideas.
El hecho, por ejemplo, de que España sea el país europeo en donde más se incumple el horario de protección infantil en televisión, es harto significativo también de un modelo televisivo donde prima excesivamente la pugna por las audiencias. Por cierto: en este ámbito también Telecinco encabeza el ranking de incumplimientos.

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